Aprueba CEE criterios para publicaci贸n de encuestas | IEESONORA

Aprueba CEE criterios para publicaci贸n de encuestas

El Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEE), aprobó los criterios de carácter científico que deberán adoptar las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo o sondeos de opinión y/o conteos rápidos para dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, en relación con la elección extraordinaria del Distrito XVII.

Se determinó prevenir a quienes soliciten u ordenen la publicación de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre asuntos electorales que se realice hasta el cierre oficial de las casillas el día de la elección, que deberán entregar copia del estudio completo y la base de datos de la información publicada al Secretario del CEE, si dicho estudio se difunde por cualquier medio.

Los criterios generales de los trabajos deberán contener por los menos el objetivo del estudio, marco muestral, método de recolección de la información, forma de procesamiento, estimadores e intervalos de confianza y denominación del software utilizado para el procesamiento.

La publicación de encuestas de salida y conteos rápidos, invariablemente deberán señalar que los resultados oficiales de las elecciones locales son exclusivamente los que den a conocer el Consejo Distrital XVII y el Consejo Estatal Electoral y en su caso, los tribunales electorales local y federal.

Otros acuerdos

En la misma sesión, realizada la tarde de este martes, se aprobó la entrega de 13 boletas adicionales por cada casilla, para g arantizar el ejercicio del voto de los representantes propietarios y suplentes, así como de los representantes generales de los partidos políticos ante las mesas directivas de casilla.

En total, serán 86 mil 273 boletas electorales que estarán disponibles para la jornada electoral del próximo 7 de julio, de las cuales mil 235 boletas serán para los representantes de los partidos y las 85 mil 38 restantes serán las correspondientes al total de electores de la lista nominal del Distrito XVII.

Además, con la finalidad de que los ciudadanos con discapacidad visual puedan ejercer sus derechos políticos y electorales, marcando la boleta por sí mismos, se aprobó el diseño y modelo de la plantilla Braille así como el instructivo de la misma, para que la utilicen como complemento de la boleta electoral para la captación del voto; más la mampara especial y las rampas de acceso de discapacitados para los centros de votación.