Implementa IEE mecanismo de traslado de paquetes electorales | IEESONORA

Implementa IEE mecanismo de traslado de paquetes electorales

Por motivo de la integración de Casilla Única, el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEE), aprobó el mecanismo denominado Dispositivo de Apoyo de Traslado (DAT), por medio del cual se facilitará la transportación de los funcionarios de mesa directiva de casilla para hacer llegar  los paquetes de las elecciones de Gobernador, diputados y ayuntamientos  a los consejos municipales electorales correspondientes, al término de la Jornada Electoral del 7 de junio.

Para la implementación del mecanismo del DAT, el IEE mediante una Licitación Pública realizó la contratación del servicio de arrendamiento de equipo de transporte suficiente, para atender la entrega de los paquetes electorales; por tal motivo durante estos días previo a la Jornada Electoral se ha realizado la asignación de las unidades, debidamente identificadas con logotipos del IEE y del DAT, cuyo entrega se realizó en un lote ubicado en la zona del vado del rio de esta capital.

Los DAT estarán integrados por dos personas debidamente identificadas en cada vehículo, el cual contendrá un cartel de identificación oficial del IEE, que recorrerá sección(es), área(s) o zona(s) de responsabilidad para trasladar al funcionario de mesa directiva de casilla que será el responsable de entregar los paquetes de las elecciones en el Consejo Municipal Electoral.  

El contacto directo con los DAT será un Centro de Control y Seguimiento  que se instalará en el  IEE, quien les girará las instrucciones adecuadas para sus traslados y con quien intercambiaran llamadas telefónicas reportando su ubicación y cualquier eventualidad. 

Hay que recordar que el DAT es solo un mecanismo de apoyo para traslado de funcionarios de casilla designados para tal efecto, para la entrega de los respectivos paquetes electorales. Es decir los DAT no recogerán solamente paquetes, sino que facilitarán el traslado de los funcionarios de casilla responsables para que ellos mismos hagan la entrega de los paquetes.  

En ningún momento en el vehículo identificado como DAT podrán ingresar los representantes de los partidos políticos; sin embargo estos podrán acompañar en un vehículo por separado la ruta de entrega de los paquetes electorales hasta el consejo municipal electoral correspondiente.  

En las áreas urbanas del estado, solo se proporcionará el medio de traslado DAT al funcionario de casilla que se encuentre en extrema necesidad de requerir el servicio, lo cual solicitará vía telefónica a través del Centro de Control y Seguimiento del IEE.

En cuanto al área rural el apoyo del medio de traslado DAT será total, es decir, se utilizará para todas las casillas, siguiendo la ruta previamente establecida para el DAT.

 

Procedimiento

Una vez que se concluya con la integración de los tres paquetes electorales locales en la mesa directiva de casilla única, el secretario 2 o bien, el funcionario designado para entregar los tres paquetes electorales de Gobernador, Diputado Local y Ayuntamiento ingresará al vehículo del DAT, el cual tiene una ruta predeterminada, por lo cual se irá trasladando casilla por casilla hasta reunir al total de funcionarios de su ruta y los trasladará al consejo municipal electoral para la entrega de los paquetes electorales.

El DAT dará aviso telefónicamente al CENTRO DE CONTROL  cuando el funcionario de la primera casilla correspondiente a su ruta haya ingresado al vehículo y hará una segunda llamada una vez que se haya llegado al consejo municipal electoral

Realizada la entrega de los paquetes electorales por parte de los funcionarios de casilla al consejo municipal electoral, el DAT deberá trasladar a los funcionarios de casilla a su lugar de origen, una vez que todos se hubieran desocupado.

 

Segunda Etapa

Una  vez concluida la entrega-recepción de los paquetes electorales en el Consejo Municipal Electoral, el DAT previamente designado, facilitará la transportación de los presidentes de los consejos municipales para hacer llegar los paquetes de las elecciones de Gobernador y diputados a los consejos distritales electorales correspondientes.  

Las personas facultadas para el traslado de paquetes electorales a los consejos distritales, son los consejeros presidentes de los consejos municipales electorales.

Cuando el DAT realice el traslado de presidentes de los consejos municipales electorales al consejo distrital respectivo, serán custodiados por elementos de seguridad pública municipal, estatal o federal en su caso.

Al término de la entrega de paquetes electorales por parte de los presidentes o los consejeros designados de los consejos municipales electorales, el DAT trasladará a dichos presidentes a su lugar de origen.

Los representantes de partidos políticos podrán también acompañar a los funcionarios en el recorrido, pero en vehículos distintos al DAT. Es decir los representantes los partidos políticos no podrán hacer uso del DAT.