Direcci贸n Ejecutiva de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACION CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA
ART脥CULO 39. La Direcci贸n Ejecutiva de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n tendr谩 las siguientes atribuciones:
I.- Elaborar, proponer, coordinar y ejecutar los programas en materia de educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral a la Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n para su aprobaci贸n;
II. Elaborar, proponer, coordinar y ejecutar las pol铆ticas en materia de educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral a la Junta para su aprobaci贸n;
III. Dar seguimiento y realizar la supervisi贸n de los programas en materia de educaci贸n c铆vica y rendir un informe a la Junta;
IV. Dirigir y supervisar la investigaci贸n, an谩lisis y la preparaci贸n de material did谩ctico que requieren los programas de capacitaci贸n electoral y educaci贸n c铆vica;
V. Presentar a la Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n los programas que contribuyan al fortalecimiento de la educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral;
VI. Instrumentar las campa帽as de difusi贸n institucionales y en su caso coordinarse para ello con las instancias que por el objeto y contenido de la campa帽a sean competentes;
VII. Dise帽ar, proponer, elaborar y ejecutar los materiales did谩cticos y el modelo de capacitaci贸n a los funcionarios de las mesas directivas de casilla 煤nica en materia local derivado del convenio con el Instituto Nacional;
VIII. Coordinar la elaboraci贸n de an谩lisis, estudios, investigaciones y base de datos sobre los programas de educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral;
IX. Asesorar a los partidos pol铆ticos y agrupaciones pol铆ticas en el dise帽o de sus programas de educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral cuando as铆 lo soliciten;
X. Identificar y establecer mecanismos de colaboraci贸n con institutos pol铆ticos, organizaciones civiles, instituciones acad茅micas y de investigaci贸n, as铆 como de educaci贸n superior o especializada para coadyuvar al desarrollo de la vida democr谩tica;
XI. Organizar encuentros y foros acad茅micos que contribuyan a la difusi贸n de la educaci贸n c铆vica y la cultura democr谩tica;
XII. Promover la suscripci贸n de convenios de coordinaci贸n con el Instituto Nacional as铆 como diversas autoridades e instituciones en materia de educaci贸n c铆vica y capacitaci贸n electoral, as铆 como de promoci贸n de la cultura pol铆tico-democr谩tica y construcci贸n de ciudadan铆a, y ejecutar las acciones derivadas de los compromisos que se establezcan en los mismos;
XIII. Elaborar, proponer y ejecutar los programas de capacitaci贸n para la profesionalizaci贸n y evaluaci贸n de los servidores p煤blicos que se aprueben en el marco del Estatuto;
XIV. Elaborar y rendir a la Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n los informes derivados del ejercicio de sus funciones;
XV. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo, comisiones y la Junta, que se refieran a asuntos de su competencia;
XVI. Presentar propuestas de proyectos a la Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n Electoral, en materia de educaci贸n c铆vica susceptibles de incluirse en el plan de trabajo institucional para la formaci贸n ciudadana;
XVII. Ejecutar las acciones contempladas en el plan de trabajo en materia de educaci贸n c铆vica y los programas de educaci贸n c铆vica para aportar a la formaci贸n de la construcci贸n de la ciudadan铆a de distintos grupos de la poblaci贸n de la entidad;
XVIII. Operar los modelos y metodolog铆as de educaci贸n c铆vica y formaci贸n ciudadana dise帽ados por el Instituto Nacional, derivados de la colaboraci贸n para contribuir a la construcci贸n de la ciudadan铆a en el marco de la pol铆tica nacional que se defina;
XIX. Presentar a la Junta los programas de capacitaci贸n electoral y educaci贸n c铆vica y vigilar su ejecuci贸n;
XX. Dise帽ar e instrumentar las campa帽as de difusi贸n institucionales y, en su caso, coordinarse para ello con las instancias que por el objeto o contenido de la campa帽a sean competentes;
XXI. Orientar a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones pol铆tico-electorales;
XXII. Coordinar la elaboraci贸n de an谩lisis, estudios, investigaciones y bases de datos sobre temas de capacitaci贸n electoral, educaci贸n c铆vica y cultura pol铆tica democr谩tica, dirigidos a fomentar el conocimiento y difusi贸n de estas tem谩ticas y construir una ciudadan铆a m谩s participativa y mejor informada;
XXIII. Dise帽ar, proponer e implementar campa帽as de educaci贸n c铆vica en coordinaci贸n con la Fiscal铆a Especializada para la Prevenci贸n de Delitos Electorales;
XXIV. Proponer a la Secretar铆a Ejecutiva la divulgaci贸n de los an谩lisis, estudios, investigaciones y bases de datos que realice, por s铆 mismo o en colaboraci贸n con terceros, referidos a la capacitaci贸n electoral, educaci贸n c铆vica y cultura pol铆tica democr谩tica; as铆 como la difusi贸n de informaci贸n de car谩cter acad茅mico que contribuya a fortalecer el conocimiento general y especializado en esas materias;
XXV. Identificar y establecer mecanismos de colaboraci贸n con institutos pol铆ticos, organizaciones civiles, instituciones acad茅micas y de investigaci贸n, as铆 como de educaci贸n superior o especializada, para coadyuvar al desarrollo de la vida democr谩tica;
XXVI. Planear, ejecutar, dirigir y supervisar los programas de divulgaci贸n desarrollo y fortalecimiento de la cultura pol铆tica democr谩tica y los referentes a la comunicaci贸n educativa, con el objeto de impulsar la cultura democr谩tica; y
XXVII. Las dem谩s que le confiera la Ley Electoral, el Consejo, el presente Reglamento y cualquier otra disposici贸n aplicable.