Lista de Acuerdos | IEESONORA

LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 31 DE OCTUBRE DEL 2017
PETICIONARIO: JUAN MANUEL FLORES CAMOU
PETICIÓN: "...Informarle del sensible fallecimiento de mi cónyuge LOURDES ALICIA MAYTORENA FONTES, acaecido el día veinte de octubre del presente año; misma que fue designada por este Instituto como Consejera Presidenta del Consejo Municipal Electoral de Carbó, Sonora, el día nueve de septiembre del...
PETICIÓN: "...Informarle del sensible fallecimiento de mi cónyuge LOURDES ALICIA MAYTORENA FONTES, acaecido el día veinte de octubre del presente año; misma que fue designada por este Instituto como Consejera Presidenta del Consejo Municipal Electoral de Carbó, Sonora, el día nueve de septiembre del año en curso. Lo anterior se hace de su conocimiento para los fines legales y de orden administrativo que se consideren pertinentes"
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SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se turne el escrito de cuenta, previa copia, a la Comisión de Organización Electoral para los efectos legales conducentes. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Peticiones y Consultas Ciudad...
SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se turne el escrito de cuenta, previa copia, a la Comisión de Organización Electoral para los efectos legales conducentes. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Peticiones y Consultas Ciudadanas. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 30 DE OCTUBRE DEL 2017
PETICIONARIO: ALICIA CHUHUHUA
PETICIÓN: "...Nuevamente como ha venido sucediendo desde el trienio 2006-2009 en torno a los nombramientos de los Regidores Étnicos del Pueblo Indígena Tohono O´otham, surgen falsos gobernadores, líderes o autoridades tradicionales al interior de los distintos municipios de nuestro territorio, situa...
PETICIÓN: "...Nuevamente como ha venido sucediendo desde el trienio 2006-2009 en torno a los nombramientos de los Regidores Étnicos del Pueblo Indígena Tohono O´otham, surgen falsos gobernadores, líderes o autoridades tradicionales al interior de los distintos municipios de nuestro territorio, situación que por demás está debidamente documentada por nosotros al interior de su Institución, la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, (CEDIS) así como la parte federal la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI). Ejemplificando, en el periodo 2006-2009 en el municipio de la H. Caborca, nos fue impuesta de manera ilegítima una regidora en la persona de la C. Nora Cáñez, ya que fue nombrada por el extinto Gobernador Tradicional Félix Antone, ciudadano Norteamericano, mismo que vivía en el Estado de Arizona, U.S.A., haciendo caso omiso a la propuesta de la gobernadora C. Alicia Chuhuhua, residente en la H. Caborca, Sonora. Lo anterior y otras irregularidades dieron pie al inicio de un proceso de reconstrucción de las Autoridades Tradicionales Tohono O´tham de México, retomando nuestras formas ancestrales de la estructura de nuestro gobierno, sin reñir con nuestros hermanos y sus autoridades Tohono O´odham del Estado de Arizona. En el trienio 2009-2012 Los nombramientos de nuestros regidores étnicos fueron propuestos por los Gobernadores y Gobernadoras del Consejo Supremo, presentándose además propuestas de ciertas personas que se autonombraron Autoridades Tradicionales, sin repercutir en el entonces Consejo Estatal Electoral, respetándose finalmente nuestros nombramientos. En el trienio 2012-2015 igualmente se realizan los nombramientos de regidores étnicos por los Gobernadores y Gobernadoras del Consejo Supremo, presentándose además propuestas ciertas personas que se autonombraron Autoridades Tradicionales, como es el caso de José M. García y Rafael García; a diferencia del trienio anterior se le dio cabida a estas propuestas, decidiendo el entonces Consejo Estatal Electoral de manera errónea la insaculación de Autoridades Tradicionales, debiendo dar nuestra batalla ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Federal Electoral, ubicado en el Estado de Jalisco, dando a nuestro favor el fallo correspondiente. En el trienio 2015-2018 se realizan los nombramientos de regidores étnicos por los Gobernadores y Gobernadoras del Consejo Supremo, presentándose el mismo caso del trienio anterior, debiendo también dar pelea ante la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Federal Electoral, ubicado en el Estado de Jalisco, dando a nuestro favor el fallo correspondiente, lo cual pensamos crea jurisprudencia de estos casos. Hoy toca el turno de denunciar al C. Manuel Erives Rodríguez del Municipio de Puerto Peñasco, Sonora, mismo que desde el 2006 ha intentado ser Regidor étnico según acta que obra en los archivos de su institución y que fue rechazado en su oportunidad. Queremos informarle que el C. Manuel Erives Rodriguez logró infiltrarse a nuestro Consejo durante los dos últimos años, tanto que hoy en día es Regidor suplente del municipio de Puerto Peñasco, la titular viene siendo su hermana de ahí la intención de perpetuarse en el poder público. De inicio se comportó como un elemento que aportaría a nuestro pueblo, pero logrado su objetivo de ser responsable de la oficina de asuntos indígenas del H. Ayuntamiento; se ha dedicado a la división de nuestro Consejo, utilizando artimañas de lo más ruin en contra de algunos miembros y del mismo pueblo Tohono O´otham, se ha valido desde la calificación verbal de manera sumamente grosera, ofensiva y agresiva como consta en sus publicaciones de su página de Facebook, (anexamos ejemplos) así como despotricar en cuanta reunión tiene en distintas dependencias de gobierno estatal y federal. Consideramos reprobable su comportamiento como funcionario público y mucho más como miembro de nuestro pueblo indígena. En nuestro digno papel del H. Consejo Supremo de Autoridades Tradicionales Tohono O´otham, no hemos respondido a tales agresiones, pero posterior al escrito que entrega a la Institución que tan atinadamente dirige usted el día 04 del presente mes y año y, conocedores de lo que conlleva el que estos falsos lideres logren sus cometidos en perjuicio de nuestro pueblo, nos permitimos presentarle las siguientes observaciones: El comunicado que les entrega donde supuestamente se le confieren amplios poderes por parte del Consejo de ancianos presenta irregularidades tales como: a) La figura Consejo de ancianos no existe al interior de nuestro pueblo Tohono O´otham, ni tradicionalmente, mucho menos jurídicamente. b) Presenta solamente dos firmas pertenecientes a las autoridades tradicionales de El Cumarito y San Francisquito, el tercer sello le corresponde a él mismo. c) El H. Consejo Supremo de las Autoridades Tohono O´otham está compuesto por nueve Gobernadores. d) Nos parece muy desafortunado el hecho de aprovechar una fotografía de aceptación del documento que les entrego para inferir ante la prensa local de Puerto Peñasco el logro de reconocimiento por parte de ustedes (anexo), lo cual confunde y divide más al Pueblo Tohono O´otham; desconocemos si procede alguna amonestación de parte de ustedes al multicitado Manuel Erives Rodríguez, de ser así agradecemos se tomen las medidas pertinentes. La figura jurídica que nos rige es el H. Consejo Supremo de Autoridades Tradicionales Tohono O´otham, la cual en reunión celebrada el 05 de junio de 2009 establece el reglamento para el nombramiento de regidores étnicos, acción exclusiva de los gobernadores de cada comunidad, misma acta que fue entregada al entonces Consejo Estatal Electoral, el día 10 de junio de 2009 (anexo). Este tipo de situaciones son muy importantes para nosotros y que su institución tenga conocimiento de las ilegitimas acciones de este señor, pues su clara intención es poder nombrar regidores étnicos en el presente proceso electoral, razón por la cual le prevenimos de su actuar y no vernos en procesos que atenten contra nuestra representatividad, como es el método de insaculación, ya que nosotros estamos plenamente reconocidos ante el hoy Instituto Estatal Electoral y demás instituciones de los órdenes de gobierno municipal, estatal y federal..."
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SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que gire atento oficio a la Unidad Técnica de Fomento y Participación Ciudadana, para que provea el apoyo necesario para brindar la asesoría solicitada por la C. Alicia Chuhuhua; lo anterior con base en las facultades señaladas por el art...
SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que gire atento oficio a la Unidad Técnica de Fomento y Participación Ciudadana, para que provea el apoyo necesario para brindar la asesoría solicitada por la C. Alicia Chuhuhua; lo anterior con base en las facultades señaladas por el artículo 48 fracción XXV del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora. De igual forma, hágase del conocimiento a la Comisión Permanente de Participación Ciudadana, con fundamento en lo establecido por el diverso artículo 25 fracción III del Reglamento Interior de este Instituto; Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Peticiones y Consultas Ciudadanas. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo. Quinto. Se instruye a la Unidad Técnica de Fomento y Participación Ciudadana para que una vez llevados a cabo los actos antes referidos, informen a la Secretaría Ejecutiva acerca de su desarrollo y cumplimiento.
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