Lista de Acuerdos | IEESONORA

LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 13 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Prof. José Guadalupe Curiel
PETICIÓN: desde el mes de marzo del presente año, en dicha institución bancaria hicimos nuevas solicitudes de apertura de cuentas y fue hasta el pasado día miércoles 18 de abril del presente año, que de manera verbal nos comunicaron que no era posible la apertura de las mismas, por el motivo d...
PETICIÓN: desde el mes de marzo del presente año, en dicha institución bancaria hicimos nuevas solicitudes de apertura de cuentas y fue hasta el pasado día miércoles 18 de abril del presente año, que de manera verbal nos comunicaron que no era posible la apertura de las mismas, por el motivo de que el departamento de riegos de las áreas centrales de Bancomer de BBVA no lo habían autorizado y que además, que como política de la misma estaban impedidos para dar el servicio bancario a los partidos políticos y a los sindicatos de nueva creación, todo lo anterior sin la atención de recibir dicha respuesta de manera escrita por parte de la institución bancaria aun solicitada; dejándonos así en estado de indefensión y de franca desventaja con los demás partidos políticos, ya que lo anterior nos genera consecuencias jurídicas, políticas fiscales en nuestro detrimento, al no recibir los recursos de gastos de campaña, liderazgo político de la mujer y aportaciones en efectivo de simpatizantes del MAS, y además que ese instituto ya nos requirió de manera verbal las cuentas respectivas para realizar las trasferencias bancarias respectivas Por lo anteriormente expuesto: 1. Solicitamos la intervención urgente de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para que hagan lo conducente e intervengan ante Bancomer Banca de Gobierno para que nos proporcionen el servicio al que tenemos derecho y ellos están obligados a brindar tal y como se hizo en la apertura de cuentas de las candidaturas independientes. 2. Consideramos que ninguna institución pública o privada puede atentar contra el derecho constitucional de participación política porque ello constituye un atentado contra la vida democrática en el país y en Sonora. 3. La negativa de Bancomer para brindarnos el servicio al que están obligados constituye un acto de inequidad que nos coloca en desventaja frente a los otros partidos políticos, atenta contra el desarrollo democrático de Sonora y coloca en riesgo la elección ya se puede ver afectada de nulidad por esta circunstancia. 4. Este Instituto tiene que garantizar el pleno ejercicio de nuestros derechos políticos electorales de todos los ciudadanos por lo tanto pedimos su pronta intervención y apoyo
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SENTIDO: Primero. Se tiene recibido el escrito de cuenta, quedando sin efectos lo solicitado por el promovente, toda vez que se tiene que mediante acuerdo de trámite de fecha doce de mayo del presente año, se acreditaron las cuentas bancarias relativas a gastos de campaña y gastos ordinarios del pa...
SENTIDO: Primero. Se tiene recibido el escrito de cuenta, quedando sin efectos lo solicitado por el promovente, toda vez que se tiene que mediante acuerdo de trámite de fecha doce de mayo del presente año, se acreditaron las cuentas bancarias relativas a gastos de campaña y gastos ordinarios del partido político local Movimiento Alternativo Sonorense. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Prof. José Guadalupe Curiel
PETICIÓN: "...el día 08 de Mayo se nos apertura cuenta **** para gastos de Campaña en el proceso electoral 2017-2018; a nombre de MOVIMIENTO ALTERNATIVO SONORENSE; en BBVA Bancomer, S.A.; sucursal **** (Banca de Gobierno Sonora); así mismo la cuenta ***** en la misma Banca de Gobierno para que a par...
PETICIÓN: "...el día 08 de Mayo se nos apertura cuenta **** para gastos de Campaña en el proceso electoral 2017-2018; a nombre de MOVIMIENTO ALTERNATIVO SONORENSE; en BBVA Bancomer, S.A.; sucursal **** (Banca de Gobierno Sonora); así mismo la cuenta ***** en la misma Banca de Gobierno para que a partir de Mayo de 2018 se nos transfieran las prerrogativas para gasto Ordinario..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas las cuentas ********97 y ********54 correspondientes al partido político local Movimiento Alternativo Sonorense, para efecto de que a dicho partido le sean depositados, en la primera los gastos de campaña y en la segunda los gastos ordinarios a que tiene ...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas las cuentas ********97 y ********54 correspondientes al partido político local Movimiento Alternativo Sonorense, para efecto de que a dicho partido le sean depositados, en la primera los gastos de campaña y en la segunda los gastos ordinarios a que tiene derecho el multicitado partido político local; y en consecuencia se instruye al Secretario Ejecutivo para que notifique el escrito de cuenta y el presente Acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Administración de este Instituto, para los efectos a que haya lugar. Segundo. Que la Consejera Presidenta de este Instituto haga del conocimiento mediante oficio, del contenido del presente Acuerdo, a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, para los efectos legales a que haya lugar. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Gabriel Parra Gil
PETICIÓN: "...Vengo a solicitar expida a mi costa por duplicado copia debidamente certificada de mi nombramiento..."
SENTIDO: Primero. Ha lugar con lo solicitado por el C. Gabriel Parra Gil, en su carácter de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal Electoral 8 con cabecera en Hermosillo, Sonora, y se instruye a la Secretaría Ejecutiva, para que gire atento ofic...
SENTIDO: Primero. Ha lugar con lo solicitado por el C. Gabriel Parra Gil, en su carácter de Representante Propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal Electoral 8 con cabecera en Hermosillo, Sonora, y se instruye a la Secretaría Ejecutiva, para que gire atento oficio a la Dirección del Secretariado, y en coordinación expida y se entreguen las copias certificadas solicitadas por el peticionario previa constancia de escrito se levante. Segundo. Se instruye a la Dirección del Secretariado informar a Secretaria Ejecutiva el cumplimiento del presente Acuerdo. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: C. Laura Elena Vázquez Moreno
PETICIÓN: "...por medio de la presente, solicitamos nos den de baja como representantes ante este consejo del partido acción nacional, ya que somos integrantes de la planilla por una candidatura independiente por este municipio..."
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y por informado a este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, de la baja solicitada por los C.C. Laura Elena Vázquez Moreno y Juan Manuel Moreno Moreno como Representantes del Partido Acción Nacional ante el Consejo Mun...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta y por informado a este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, de la baja solicitada por los C.C. Laura Elena Vázquez Moreno y Juan Manuel Moreno Moreno como Representantes del Partido Acción Nacional ante el Consejo Municipal Electoral de Rayón, Sonora, y en consecuencia, se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto para que informe lo correspondiente al partido político referido, en términos de lo señalado en el presente Acuerdo. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Jesús Antonio Gutiérrez Gastelum
PETICIÓN: "...solicito la acreditación como Representantes del Partido Morena, revocando cualquier acreditación anterior, de:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales y Distritales Electorales, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. ...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales y Distritales Electorales, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Morena, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Morena ante los Consejos Municipales y Distritales Electorales correspondientes, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: vengo solicitando 12 Constancias de Registro Certificadas de Candidatos al cargo de Diputada y Diputado local por el Principio de Representación Proporcional, esto por requerirse para otros fines legales
SENTIDO: Primero. Ha lugar con lo solicitado por el C. Juventino Santos, en su carácter de Representante Suplente del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto y se instruye a la Secretaría Ejecutiva, para que gire atento oficio a la Dirección del Secretariado, ...
SENTIDO: Primero. Ha lugar con lo solicitado por el C. Juventino Santos, en su carácter de Representante Suplente del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo General de este Instituto y se instruye a la Secretaría Ejecutiva, para que gire atento oficio a la Dirección del Secretariado, y en coordinación expida y se entreguen las copias certificadas solicitadas por el peticionario previa constancia de escrito se levante. Segundo. Se instruye a la Dirección del Secretariado informar a Secretaria Ejecutiva el cumplimiento del presente Acuerdo. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Adolfo Salazar Razo
PETICIÓN: "...solicito la acreditación como Representantes de la Coalición JUNTOS HAREMOS HISTORIA, revocando cualquier acreditación anterior, de:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Caborca y Navojoa ambos del estado de Sonora, y los Consejos Distritales Electorales 11 y 6, con cabecera en Hermosillo, Sonora, 17 con cabecera en Cajeme, Sonora, que se especifica e...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Caborca y Navojoa ambos del estado de Sonora, y los Consejos Distritales Electorales 11 y 6, con cabecera en Hermosillo, Sonora, 17 con cabecera en Cajeme, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por la Coalición Juntos Haremos Historia, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante de la Coalición Juntos Haremos Historia, ante el Consejo Municipal Electoral de Hermosillo, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Ing. Heriberto Muro Vasquez
PETICIÓN: "...enviamos a ese H. Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, la documentación debidamente requisitada para la acreditación de los representantes de Movimiento Ciudadano propietarios y suplentes ante los Consejos Municipales Electorales de: Agua Prieta, Álamos y Huatabamp...
PETICIÓN: "...enviamos a ese H. Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, la documentación debidamente requisitada para la acreditación de los representantes de Movimiento Ciudadano propietarios y suplentes ante los Consejos Municipales Electorales de: Agua Prieta, Álamos y Huatabampo, en sustitución de nuestros representantes anteriores..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales antes mencionados, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segun...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales antes mencionados, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Movimiento Ciudadano, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de la acreditación de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Movimiento Ciudadano ante los Consejos Municipales Electorales, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Mario Aníbal Bravo Peregrina
PETICIÓN: "...vengo a sustituir a los representantes del Partido Verde Ecologista de México, ante los Consejos Municipales que se señalan a continuación, revocando cualquier nombramiento hecho con anterioridad:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo Municipal Electoral de San Ignacio Río Muerto, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acue...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo Municipal Electoral de San Ignacio Río Muerto, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido Verde Ecologista de México, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo Municipal Electoral correspondiente, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "...solicito las sustitución de nuestros Representante Propietario ante el Consejo Municipal de Hermosillo, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Hermosillo, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. ...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Hermosillo, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido de la Revolución Democrática, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral correspondiente, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 12 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: Relación que incluya partido o coalición que los postula, municipio o distrito, nombre y sobrenombre de los candidatos registrados y aprobados por ese Instituto Electoral de todos los partidos políticos y coaliciones que al día de hoy hayan solicitado se incluya su sobrenombre en la bol...
PETICIÓN: Relación que incluya partido o coalición que los postula, municipio o distrito, nombre y sobrenombre de los candidatos registrados y aprobados por ese Instituto Electoral de todos los partidos políticos y coaliciones que al día de hoy hayan solicitado se incluya su sobrenombre en la boleta electoral
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SENTIDO: Primero. Ha lugar lo solicitado por la promovente, y se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que con el apoyo de la Dirección del Secretariado, provea lo necesario para atender lo solicitado por la promovente, previa constancia y razón de recibido que se levante. ...
SENTIDO: Primero. Ha lugar lo solicitado por la promovente, y se instruye a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que con el apoyo de la Dirección del Secretariado, provea lo necesario para atender lo solicitado por la promovente, previa constancia y razón de recibido que se levante. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Ing. Ivan Miranda Perez
PETICIÓN: "Por medio de la presente, le envió un cordial saludo y al mismo tiempo me permito solicitarle de la manera mas atenta, se reabra para el instituto político al que pertenezco, el Sintema (sic) Nacional de Registro (SNR), ya que por un error involuntario no se postulo en dicho sistema al ca...
PETICIÓN: "Por medio de la presente, le envió un cordial saludo y al mismo tiempo me permito solicitarle de la manera mas atenta, se reabra para el instituto político al que pertenezco, el Sintema (sic) Nacional de Registro (SNR), ya que por un error involuntario no se postulo en dicho sistema al candidato del Distrito 18, de nuestro instituto político (PT)."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire oficio al licenciado Fernando Chapetti Siordia para efecto de que provea lo necesario para que se atienda lo solicitado por el promovente. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y e...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire oficio al licenciado Fernando Chapetti Siordia para efecto de que provea lo necesario para que se atienda lo solicitado por el promovente. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente acuerdo, al expediente del Partido del Trabajo. Tercero. Notifíquese por estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Juan Carlos Aguilar Polanco
PETICIÓN: "...vengo a solicitar a usted lo siguiente: Que a su vez este instituto haga la solicitud respectiva al Sistema Nacional de Registros del INE, por conducto de la Unidad Técnica de Vinculación del mismo Institutito Nacional para que se lleve a cabo una ampliación de funcionalidad de dicho...
PETICIÓN: "...vengo a solicitar a usted lo siguiente: Que a su vez este instituto haga la solicitud respectiva al Sistema Nacional de Registros del INE, por conducto de la Unidad Técnica de Vinculación del mismo Institutito Nacional para que se lleve a cabo una ampliación de funcionalidad de dicho Sistema SNR para llevar a cabo la postulación requerida en el acuerdo del Consejo General del OPLE antes mencionado..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire oficio al licenciado Fernando Chapetti Siordia para efecto de que provea lo necesario para que se atienda lo solicitado por el promovente. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y e...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire oficio al licenciado Fernando Chapetti Siordia para efecto de que provea lo necesario para que se atienda lo solicitado por el promovente. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente acuerdo, al expediente del Movimiento Alternativo Sonorense. Tercero. Notifíquese por estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Luis Mario Rivera Aguilar
PETICIÓN: "...mediante el presente escrito y con fundamento en el artículo 83 fracciones I y IV de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sonora, vengo a solicitar la revocación de la acreditación de los CC. La licenciada LIZBETH GUTIERREZ OBESO, como representantes suplente del Par...
PETICIÓN: "...mediante el presente escrito y con fundamento en el artículo 83 fracciones I y IV de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sonora, vengo a solicitar la revocación de la acreditación de los CC. La licenciada LIZBETH GUTIERREZ OBESO, como representantes suplente del Partido Verde Ecologista en Sonora respectivamente, designando en sustitución a partir de esta fecha a él M. en C. JORGE IVAN VALENCIA LERMA, como representante suplente respectivamente. Así mismo señalo como domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Óvalo Cuauhtémoc sur No. 19, colonia modelo de esta ciudad de Hermosillo, Sonora, C.P. 83190..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditado como representante suplente del Partido Verde Ecologista de México al C. Jorge Iván Valencia Lerma en sustitución de la Lic. Lizbeth Gutiérrez Obeso. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la r...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditado como representante suplente del Partido Verde Ecologista de México al C. Jorge Iván Valencia Lerma en sustitución de la Lic. Lizbeth Gutiérrez Obeso. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente del Partido Verde Ecologista de México. Cuarto. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que notifique el contenido del presente acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Administración para los efectos del artículo 83 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Quinto. Se requiere al C. Jorge Iván Valencia Lerma para que presente ante la Dirección Ejecutiva de Administración la cuenta bancaria para efecto de que sea depositada la remuneración económica a la que tiene derecho conforme al artículo 83 fracción VIII, inciso b), de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "....solicito la sustitución de nuestros Representantes Propietarios y Suplente, respectivamente, ante el Consejo Distrital 8 de Hermosillo, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré: Representante Propietario entrante de Distrito 08, Hermosillo, Sonora. HUMBERTO ISAU CAL...
PETICIÓN: "....solicito la sustitución de nuestros Representantes Propietarios y Suplente, respectivamente, ante el Consejo Distrital 8 de Hermosillo, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré: Representante Propietario entrante de Distrito 08, Hermosillo, Sonora. HUMBERTO ISAU CALIXTRO MILLANEZ ... Representante Suplente entrante de Distrito 08, Hermosillo, Sonora. GERARDO ERNESTO GARCIA LOPEZ..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas que se especifican en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Distrital Electoral 8, con cabecera en Hermosillo, Sonora, en sustitución de las personas señaladas en el An...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas que se especifican en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Distrital Electoral 8, con cabecera en Hermosillo, Sonora, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expidan las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las personas acreditadas por el Partido de la Revolución Democrática, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Distrital Electoral correspondiente, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que le sean entregadas a las personas acreditadas en el respectivo Consejo, previa constancias de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juan Herrera Cruz
PETICIÓN: "...remito escrito del candidato independiente JOSUE CASTRO LOUSTAUNAU, designando al C. FAUSTO MARTIN PEÑA MORENO, como su representante propietario y la C. MIRIAM DANIELA JOHNSTON RAMIREZ, como representante suplente dentro del Consejo Distrital Electoral 1; escritos de aceptación de las...
PETICIÓN: "...remito escrito del candidato independiente JOSUE CASTRO LOUSTAUNAU, designando al C. FAUSTO MARTIN PEÑA MORENO, como su representante propietario y la C. MIRIAM DANIELA JOHNSTON RAMIREZ, como representante suplente dentro del Consejo Distrital Electoral 1; escritos de aceptación de las personas antes mencionadas de fecha 12 de abril de 2018 y copias de su credencial de elector..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditados al C. Fausto Martin Peña Moreno como representante propietario y a la C. Miriam Daniela Johnston Ramirez como representante suplente ante el Consejo Distrital Electoral 1 con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, toda vez que reúnen los requisitos co...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditados al C. Fausto Martin Peña Moreno como representante propietario y a la C. Miriam Daniela Johnston Ramirez como representante suplente ante el Consejo Distrital Electoral 1 con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, toda vez que reúnen los requisitos conforme al artículo 83 fracciones VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Candidato Independiente Josué Castro Loustaunau, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante consejos distritales y municipales electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de las personas que fueron autorizadas como representantes del Candidato Independiente referido ante el Consejo Distrital Electoral 1 con cabecera en San Luis Río Colorado, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en el respectivo consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente del candidato independiente el C. Josué Castro Loustaunau. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Mario Aníbal Bravo Peregrina
PETICIÓN: "...vengo a sustituir a los representantes del Partido Verde Ecologista de México, ante los Consejos Municipales que se señalan a continuación, revocando cualquier nombramiento hecho con anterioridad:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas señaladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes propietarios y suplentes del Partido Verde Ecologista de México ante los Consejos Municipales Electorales de Nogales, Cananea, Cajeme, San Ignacio Río Muerto, Arizpe y Banám...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas señaladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes propietarios y suplentes del Partido Verde Ecologista de México ante los Consejos Municipales Electorales de Nogales, Cananea, Cajeme, San Ignacio Río Muerto, Arizpe y Banámichi todos del estado de Sonora, en sustitución de las persona señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las personas acreditadas por el Partido Verde Ecologista de México, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Verde Ecologista de México ante los Consejos Municipales Electorales correspondientes, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancias de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Christian Leyva Figueroa
PETICIÓN: "...me permito solicitar la acreditación de los ciudadanos/as que a continuación se presentan en sustitución de los representantes actualmente acreditados en el Consejo Electoral que se indica, para el proceso electoral 2017-2018..." ...
PETICIÓN: "...me permito solicitar la acreditación de los ciudadanos/as que a continuación se presentan en sustitución de los representantes actualmente acreditados en el Consejo Electoral que se indica, para el proceso electoral 2017-2018..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas que se especifican en el Apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo como representantes propietarios y suplentes del Partido Revolucionario Institucional, en sustitución de las personas señaladas como señalado el Apartado Anexo 2 d...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas que se especifican en el Apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo como representantes propietarios y suplentes del Partido Revolucionario Institucional, en sustitución de las personas señaladas como señalado el Apartado Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se tiene por no acreditada a la persona que pretende acreditar el Partido Revolucionario Institucional como representante propietaria ante el Consejo Municipal Electoral de Quiriego, Sonora, la cual se precisa en el apartado señalado como Anexo 3 del presente Acuerdo, toda vez que no cumple con los requisitos conforme al artículo 83 fracciones VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las constancias de acreditación a que hace mención el Anexo 1 del presente Acuerdo. Cuarto. Notifíquese al Partido Revolucionario Institucional, el presente Acuerdo, en el cual se le requiere para que subsane la documentación que corresponde a la persona que se especifica en el apartado señalado como Anexo 3 del presente Acuerdo, misma que no reunió los requisitos establecidos en el artículo 83 fracción VI de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Quinto. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las personas acreditadas por el Partido Revolucionario Institucional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante consejos municipales y distritales electorales. Sexto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, con relación de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Revolucionario Institucional para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sea entregada a las personas correspondientes, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Séptimo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Octavo. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Noveno. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Jesús Eduardo Chavez Leal
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes Representantes de la Coalición Por Sonora al Frente, conformada por el Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática, ante el..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejo Municipales Electorales de Cananea, Puerto Peñasco y San Luis Río Colorado, todos del estado de Sonora, y el Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en Puerto Peñasco, Sonora, que se especifican en el ...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejo Municipales Electorales de Cananea, Puerto Peñasco y San Luis Río Colorado, todos del estado de Sonora, y el Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en Puerto Peñasco, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las personas acreditadas por la Coalición Por Sonora al Frente, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes de la Coalición Por Sonora al Frente, ante los Consejos Electorales para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancias de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Coaliciones de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Dr. Manuel de Jésus Baldenegro Arredondo
PETICIÓN: "...Por medio de la presente y de la manera más atenta, se presentan las sustituciones de representantes ante los Consejos Municipales siguientes:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales de Agua Prieta, Benito Juárez, Carbó, Empalme, Hermosillo y San Luis Río Colorado, todos del estado de Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acu...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales de Agua Prieta, Benito Juárez, Carbó, Empalme, Hermosillo y San Luis Río Colorado, todos del estado de Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Encuentro Social, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de la acreditación de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Encuentro Social ante los Consejos Municipales Electorales correspondientes, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "...solicito las sustitución de nuestro Representante Propietario ante el Consejo Municipal de Empalme, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré:..."
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Empalme, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segun...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Empalme, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido de la Revolución Democrática, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Empalme, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Jacobo Mendoza Ruiz
PETICIÓN: 1. LAS PARTES reconocen que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos y en el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, la Coalición tendrá un Órgano de Finanzas, el cual será el responsable de rendir, en tiempo y en forma, los informes ...
PETICIÓN: 1. LAS PARTES reconocen que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos y en el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, la Coalición tendrá un Órgano de Finanzas, el cual será el responsable de rendir, en tiempo y en forma, los informes parciales y final a través de los cuales se compruebe a la autoridad electoral los ingresos y los egresos de la Coalición. El órgano de finanzas de la coalición será el Consejo de Administración que estará integrado por un miembro desinado por cada uno de los partidos integrantes de la coalición, cuyas decisiones serán tomadas de conformidad con la siguiente votación ponderada: DEL TRABAJO 20% ENCUENTRO SOCIAL 20% MORENA 60% No obstante, cada Partido Político es responsable de la comprobación de gastos en el porcentaje que finalmente aporten. El Consejo De Administración de la Coalición contará con las facultades necesarias para desempeñar sus funciones, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, el Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, el presente Convenio de Coalición Parcial y demás disposiciones legales y administrativas aplicables. El Consejo de Administración tendrá a su cargo la gestión de los recursos de la Coalición, provenientes de cualquiera de las modalidades legalmente previstas como fuentes de financiamiento, y la obligación de satisfacer los requisitos legales y reglamentarios para su comprobación, además de presentar los informes y reportes necesarios al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, de los gastos de campaña ejercidos por la misma, conforme a las fechas y formas establecidas en la normatividad aplicable. ..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por reconocidos a los C.C. Alma Delia Limón Romero, Francisco Javier Espinoza y Verenice Haro del Castillo, como integrantes del Consejo de Administración de la Coalición Juntos Haremos Historia. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto, hacer...
SENTIDO: Primero. Se tienen por reconocidos a los C.C. Alma Delia Limón Romero, Francisco Javier Espinoza y Verenice Haro del Castillo, como integrantes del Consejo de Administración de la Coalición Juntos Haremos Historia. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto, hacer de conocimiento el escrito de cuenta y el presente Acuerdo, a las Direcciones Ejecutivas de Fiscalización y Administración de este Instituto. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de la coalición Juntos Haremos Historia de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "...por este conducto atentamente solicito la sustitución de nuestro Representante Propietario ante el Consejo Municipal de San Javier, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré: Representante Propietario entrante BRENDA VERENICE PORTELA ENCINAS..." ...
PETICIÓN: "...por este conducto atentamente solicito la sustitución de nuestro Representante Propietario ante el Consejo Municipal de San Javier, Sonora, con los datos que a continuación le detallaré: Representante Propietario entrante BRENDA VERENICE PORTELA ENCINAS..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona que se especifica en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de San Javier, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerd...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona que se especifica en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de San Javier, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido de la Revolución Democrática, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral correspondiente, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Carlos Francisco Cruz Millanes
PETICIÓN: "...vengo a sustituir ante este Instituto a los representantes propietarios y suplentes de los órganos desconcentrados del Municipio de Quiriego, revocando los anteriores, quedando de la siguiente manera los acreditados:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Quiriego, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para q...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Quiriego, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las personas acreditadas por el Partido Nueva Alianza, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Nueva Alianza ante el Consejo Municipal Electoral de Quiriego, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: C. José Ramón Gutiérrez Morales
PETICIÓN: "...José Ramón Gutiérrez Morales, mexicano por mi propio derecho, solicito amablemente el padrón electoral defintiivo del municipio de Rayón Sonora. Sin más por el momento quedo a sus órdenes..."
SENTIDO: Primero. No es posible proporcionar lo solicitado en el escrito de cuenta por el C. José Ramón Gutiérrez Morales, por otro lado, se le proporcionará la lista nominal de electores definitiva con fotografía que comprenderá únicamente a los electores del ámbito geográfico en que participen pa...
SENTIDO: Primero. No es posible proporcionar lo solicitado en el escrito de cuenta por el C. José Ramón Gutiérrez Morales, por otro lado, se le proporcionará la lista nominal de electores definitiva con fotografía que comprenderá únicamente a los electores del ámbito geográfico en que participen para la candidatura independiente aprobada, antes del primero de junio del presente año, de conformidad con lo establecido en el punto 3.3 inciso a) del Convenio General de Coordinación y Colaboración que celebran el Instituto Nacional Electoral y este Instituto Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de candidatos independientes de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 11 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Jesús Antonio Gutiérrez Gastelum
PETICIÓN: "...solicito la acreditación como Representantes del Partido Morena, revocando cualquier acreditación anterior, de:..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye a...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes ante los Consejos Municipales Electorales, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Morena, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido Morena ante los Consejos Municipales Electorales correspondientes, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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