Lista de Acuerdos | IEESONORA

LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2018
PETICIONARIO: Autoridades Tradicionales del Pueblo de Loma de Bacum
PETICIÓN: "PRIMERO.- Se nos respeten nuestros DERECHOS FUNDAMENTALES y HUMANOS, como el de la Soberanía y libre Autodeterminación, consagrados en nuestra Constitución Mexicana, Tratados Internacionales, Declaración de las Naciones Unidas y demás leyes relativas a los derechos indígenas, tal y como l...
PETICIÓN: "PRIMERO.- Se nos respeten nuestros DERECHOS FUNDAMENTALES y HUMANOS, como el de la Soberanía y libre Autodeterminación, consagrados en nuestra Constitución Mexicana, Tratados Internacionales, Declaración de las Naciones Unidas y demás leyes relativas a los derechos indígenas, tal y como lo dice nuestra carta magna en su fracción III del inciso A del Artículo 2do. Constitucional: Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados. En ningún caso las practicas comunitarias podrán limitar los derechos político electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales. Asimismo, cumplir con lo dictado por el tercer párrafo del artículo 1 constitucional que ordena: Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. SEGUNDO.- Se respete la voluntad de todos los integrantes de las comunidades de nuestro Heroico Pueblo de Loma de Bácum, al haber elegido a quien nos representará en el Ayuntamiento de Bacúm como Regidor Etnico y su suplente que son los C.C. Rodrigo Vazquez Sanaba, como Regidor Propietario, e HIGINIO OCHOA VEGA, como Regidor Suplente, mismos que en su momento la asamblea eligió, desconociendo a cualquier otra u otras personas, que al margen de nuestro Sistema Normativo Interno, se pretendan nombrar e imponer a través de una dependencia estatal como lo es la CEDIS, en nuestro nombre y a nuestro nombre..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaria Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal Elector...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaria Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal Electoral de Sonora en la resolución recaída dentro del expediente JDC-SP-128/2018 y acumulados. Segundo. Se tiene instruye a la Secretaría Ejecutiva para que mediante oficio haga de conocimiento el escrito de cuenta a la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Sonora, para los efectos a que haya lugar. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2018
PETICIONARIO: Gobernador Tradicional de los Ocho Pueblos Mayos Etchojoa, Sonora
PETICIÓN: "...hacemos del conocimiento de que nuestra estructura como autoridades tradicionales de nuestra etnia mayo de acuerdo a los usos y costumbres es representada por ocho Gobernadores Tradicionales únicamente de los ocho pueblos mayos, asentadas en los Municipios de Huatabampo, Etchojoa puebl...
PETICIÓN: "...hacemos del conocimiento de que nuestra estructura como autoridades tradicionales de nuestra etnia mayo de acuerdo a los usos y costumbres es representada por ocho Gobernadores Tradicionales únicamente de los ocho pueblos mayos, asentadas en los Municipios de Huatabampo, Etchojoa pueblo mayor, Navojoa y Ãlamos, todos del Estado de Sonora, donde los puestos de ocupación son por herencia familiar..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal ...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal Electoral de Sonora en la resolución recaída dentro del expediente JDC-SP-128/2018 y acumulados. Segundo. Se tiene instruye a la Secretaría Ejecutiva para que mediante oficio haga de conocimiento el escrito de cuenta a la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Sonora, para los efectos a que haya lugar. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 17 DE SEPTIEMBRE DEL 2018
PETICIONARIO: Autoridades Tradicionales del Pueblo de Loma de Bacum
PETICIÓN: "...por este conducto le NOTIFICAMOS el RESOLUTIVO DEL JUICIO TRADICIONAL REALIZADO EN NUESTRA GUARDIA TRADICIONAL EL DÃA 21 DE ENERO DE 2018, para su conocimiento. Anexo al presente se le entrega copia simple del Acta de Asamblea de este JUICIO, donde se describe el proceso, el CASTIGO...
PETICIÓN: "...por este conducto le NOTIFICAMOS el RESOLUTIVO DEL JUICIO TRADICIONAL REALIZADO EN NUESTRA GUARDIA TRADICIONAL EL DÃA 21 DE ENERO DE 2018, para su conocimiento. Anexo al presente se le entrega copia simple del Acta de Asamblea de este JUICIO, donde se describe el proceso, el CASTIGO y/o SANCIONES, así como los nombres de los infractores que se hicieron acreedores a la aplicación de nuestro Sistema Normativo Interno, dentro de los cuales también se encuentra los C.C. EUSEBIO BAJECA MATUS Y AGUSTINA SUAREZ MENDEZ, por haber participado activamente en el ataque a nuestro Recinto Sagrado, y a quienes se les considera personas no gratas en nuestro Pueblos..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaria Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal Ele...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, y en consecuencia se instruye a la Secretaria Ejecutiva para que se haga de conocimiento a la Unidad Técnica de Participación Ciudadana, para su respectiva consideración, para efecto de atender lo ordenado por el Tribunal Estatal Electoral de Sonora en la resolución recaída dentro del expediente JDC-SP-128/2018 y acumulados. Segundo. Se tiene instruye a la Secretaría Ejecutiva para que mediante oficio haga de conocimiento el escrito de cuenta a la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Sonora, para los efectos a que haya lugar. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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