INFORME DE ACTAS
Síntesis de las actas de las sesiones celebradas por el CEE
durante el periodo de octubre de 1999 a diciembre de 2000.
Número de Sesiones: 26
Partidos políticos acreditados: 11
Asuntos tratados:
· Se toma la protesta a los consejeros estatales electorales.
En el carácter de propietarios los C.C. Manuel Puebla Peralta, Olga Armida
Grijalva Otero, Miguel Angel Vázquez Ruiz, Felipe de Jesús Mora Arellano y
María Dolores Rocha Ontiveros; así como, Juan Manuel Romero Gil, Alejandro
Romero Meneses y Carlos Armando Ibarra Encinas con el carácter de suplentes.
· Designa al Dr. Miguel Angel Vázquez Ruiz como Presidente del
CEE.
· Queda formalmente instalado el CEE.
· Inicio formal del proceso electoral 1999-2000
Asuntos tratados:
· El CEE aprueba por objeciones la
convocatoria para el registro de objeciones de aspirantes a
consejeros distritales y municipales, con el siguiente plazo:
Consejos Distritales: a partir del día 21 de octubre al
10 de noviembre del año en curso.
Consejos municipales: a partir del día 21 de octubre al
10 de diciembre del año en curso.
Asuntos tratados:
· Se designa a los miembros de la Comisión de Vigilancia, la
cual por unanimidad queda integrada por los C.C.: M.C. Felipe de Jesús Mora
Arellano, Lic. María Dolores Rocha e Ing. Manuel Puebla Peralta, presidida por
el M.C. Felipe de Jesús Mora Arellano.
· Se acuerda la designación de los 168 consejeros electorales
que integran los 21 distritos electorales del estado de Sonora, de los cuales
105 son propietarios y 63 suplentes. A partir de esta fecha los comisionados de
los partidos tienen siete días de término para presentar las objeciones que
consideren pertinentes.
Asuntos tratados:
· Resolución de objeciones y designación definitiva de
consejeros distritales electorales.
· Registro del Partido Convergencia por la Democracia (PCD)
Asuntos tratados:
· Instalación formal de los 21 consejos
distritales.
· Se aprueba por unanimidad el Convenio de
Colaboración entre IFE y CEE.
Asuntos tratados:
· Se designa a los secretarios de
los 21 consejos distritales electorales en el estado de Sonora.
· Se designa a los 576 consejeros
municipales electorales del estado de Sonora, de los cuales 360 son propietarios
y 216 suplentes. A partir de esta fecha los comisionados de los partidos tienen
siete días para presentar las objeciones que consideren convenientes.
Asuntos tratados:
· Resolución de objeciones y
designación definitiva de consejeros en los 72 consejos municipales electorales
del estado de Sonora.
· Informe de renuncia de consejeros
y secretarios distritales electorales y designación de los sustitutos
correspondientes.
· Determinación del plazo para
practicar la insaculación de ciudadanos que podrán fungir como funcionarios de
las mesas directivas de casilla.
Por unanimidad de los consejeros se
aprueba el adelanto de la fecha de insaculación a ciudadanos que podrán fungir
como funcionarios de casilla, con el fin de otorgar una capacitación más
eficiente.
Asuntos tratados:
· Informe de renuncias de
consejeros municipales y distritales electorales y designación de los
sustitutos correspondientes.
· Instalación de los 72 consejos
municipales y elección de los presidentes de cada Consejo Municipal Electoral
del Estado de Sonora.
· Denuncias presentadas por el
Partido Alianza Social y el Partido del Trabajo en contra del Partido Acción
Nacional y Francisco Búrquez Valenzuela, por actividades proselitistas
supuestamente extemporáneas.
· Informe de registro de
plataformas electorales.
Asuntos tratados:
· Se aprueba la designación de los
72 secretarios de los consejos municipales electorales, a partir de esta fecha
los comisionados de los partidos políticos tienen siete días para presentar
las objeciones que consideren convenientes.
· Informe de renuncias de
consejeros electorales y designación de los sustitutos correspondientes.
· Acuerdo de las bases para la
emisión de la convocatoria para el registro de observadores de campaña y/o
jornada electoral.
Asuntos tratados:
· Insaculación de ciudadanos que
podrán fungir como funcionarios de las mesas directivas de casilla.
· Determinación de lugares de uso
común para efectos de propaganda de los partidos políticos.
· Informe de renuncias de
consejeros y secretarios de consejos distritales y municipales electorales y
designación de los sustitutos correspondientes.
Asuntos tratados:
· Informe de la Comisión de
Vigilancia sobre ingresos, egresos y saldos que presentan los partidos
políticos.
· Convenios con los medios de
comunicación propiedad del Gobierno del Estado para determinar el tiempo que
dispondrán los partidos políticos.
De acuerdo al Artículo 320 del
Código Electoral, el cual establece que en año no electoral para cada partido
político el Consejo Estatal en forma igualitaria, se distribuye el tiempo de la
siguiente manera: en Radio 30 minutos mensuales y en Televisión 15 minutos.
Durante el proceso electoral, a partir del inicio de las campañas electorales,
dichos tiempos serán de tres minutos diarios en la Radio y 30 minutos mensuales
en Televisión.
· Informe de renuncias de
consejeros y secretarios de consejos electorales y designación de los
sustitutos correspondientes.
Asuntos tratados:
· Resolución de cuatro recursos de
revisión contra actos de consejos municipales electorales en los municipios de
Alamos, Agua Prieta y Guaymas (2).
Alamos: El Comisionado del
PRD impugnó el registro del comisionado del PRI por considerarlo extemporáneo.
El Consejo Estatal Electoral declara improcedente la impugnación toda vez que
aquel organismo realizó su registro en el plazo ampliado que se acordó en
consenso con los partidos políticos.
Agua Prieta: El recurso fue
presentado por parte del PAS y el PT en contra del Consejo Municipal, por
permitir proselitismo fuera de los tiempos que marca la ley. El recurso de
revisión se declara improcedente por presentarlo en forma extemporánea y
porque los hechos no fueron considerados actos de campaña.
Guaymas: El recurso es
presentado por el PDS en contra del Secretario del Consejo Municipal, ya que él
como comisionado de su partido ante éste Consejo no tiene conocimiento de su
nombramiento. Este recurso lo consideran improcedente ya que fue presentado en
forma extemporánea.
Guaymas: El recurso es
presentado por el PRI en contra del registro del comisionado del PAS Se aplica
la figura de sobreseimiento de acuerdo al Artículo 228 Fracción II por no
existir el acto reclamado, ya que con anterioridad fue removido por su partido
ante el Consejo municipal electoral.
· Informe de renuncia de
secretarios de consejos municipales y designación de los sustitutos
correspondientes.
· Presentación de la boleta
electoral, la cual es aprobada por unanimidad de los consejeros estatales
electorales presentes.
· Sorteo de horarios para la
utilización del tiempo de los partidos políticos en los medios de
comunicación propiedad del Gobierno del Estado.
· Presentación y aprobación de
las políticas y el manual para la elaboración de informes de ingresos y
egresos ordinarios y de campaña de los partidos políticos.
Asuntos tratados:
· Resolución de recursos en el
Consejo Municipal de Nacozari de García, presentado por el PT y el PAS El
recurso presentado se refiere al señalamiento de que una persona andaba
haciendo campaña. El recurso fue presentado en forma extemporánea por lo que
se actualiza una causal de notoria improcedencia.
· Informe de registro de candidatos
a cargos de elección popular.
Asuntos tratados:
· Resolución de recursos de
revisión en los municipios de Guaymas (7), Nogales, Magdalena, Nácori Chico,
Alamos y Caborca.
Guaymas: El PDS impugna el registro
de la planilla del PAN argumentando que un candidato a regidor de esa planilla
no renunció al cargo público que tenía. El recurso se declara infundado toda
vez que el PAN presentó la copia certificada por un notario público en la cual
presentó la renuncia del cargo que ostentaba en el ayuntamiento. Se declara
infundado el recurso de revisión.
Guaymas: El PDS impugna el registro
de la planilla del PRD bajo el supuesto de que el candidato a Presidente
Municipal pudiese tener antecedentes penales. El recurso se declara infundado
toda vez que el partido impugnado exhibió la carta de no antecedentes penales
correspondiente.
Guaymas: El PRD impugna el
registro de la planilla del PRI por incluir en la misma algunos integrantes
que dicen no son militantes de ese partido; sin embargo, se encuentra una causal
de previo pronunciamiento y el proyecto de resolución considera el
sobreseimiento del recurso de revisión, toda vez que la presentación del
documento que tiene el recurso no tiene firma autógrafa del recurrente.
Guaymas: El PRD impugna el registro
de planilla del PRI bajo el supuesto de que los candidatos a síndico
propietario y suplente, pudiesen incumplir con el requisito de probidad y
honestidad. El recurso se declara infundado toda vez que el recurrente no
presenta pruebas del supuesto.
Guaymas: El PDS impugna el registro
de la planilla del PCD bajo el supuesto de que el candidato a síndico pudiese
tener un cargo público. El recurso se declara infundado toda vez que no se
presenta ninguna documental donde se acredite tal
cargo.
Guaymas: El PRI impugna el acuerdo
del Consejo Municipal Electoral por haber otorgado la constancia de
acreditamiento al comisionado del PAS, señalando que este comisionado tiene
sentencia de condena por un delito que ameritó pena privativa de libertad. Este
recurso se declara fundado y procedente toda vez que el recurrente está
acreditando con documental pública la sentencia de condena que ameritó pena
privativa de libertad.
Nácori Chico: El PAN impugna el
registro de la planilla del PRI, manifestando que el candidato a Presidente
Municipal por este partido no había acreditado la residencia requerida para el
cargo. La resolución se desecha y se considera por no interpuesta toda vez que
la presentación de la misma carece de algunos requisitos de
procedimiento.
Alamos: El PAS y el PRD impugnaron
el registro de planilla del PRI, señalando requisitos de inelegibilidad de una
candidata a regidora. Este recurso se considera improcedente ya que es
presentado en forma extemporánea.
Caborca: El PAS impugna el registro
de planilla del PAN como candidato a Presidente Municipal. El recurso presentado
se sobresee por presentarse en forma extemporánea.
Magdalena: El PDS impugna el acuerdo
del Consejo Distrital Electoral que rechazó el registro de la fórmula de su
partido. Este recurso se considera que tiene figura de sobreseimiento, toda vez
que el escrito con el cual se presentó el recurso no esta firmado por el
promovente.
Nogales: El PAN impugna el registro
de planilla presentada por el PRI, señalando que el candidato a Presidente
Municipal no acreditó la ciudadanía mexicana. El recurso de resolución se
declara infundado, toda vez que se presenta en documental pública el
certificado de nacionalidad del candidato impugnado.
Nogales: El PAN impugna el registro
de la planilla del PRI bajo el siguiente argumento: las cartas de residencia que
exhiben tanto el candidato a Presidente Municipal como algunos de los regidores
fue expedida por funcionario sin facultades para ello. El recurso se declara
improcedente toda vez que el propio partido exhibe las cartas de residencia
firmadas por el Presidente del Ayuntamiento, funcionario idóneo para tal
efecto.
Nogales: El PAN impugna el registro
de la planilla presentado por el PT, argumentando que algunos regidores no
acreditan la residencia. El recurso se declara improcedente toda vez que el
propio partido exhibe las cartas de residencia firmadas por el Presidente
Municipal, funcionario idóneo para tal efecto.
· Sustitución de candidatos a
cargos de elección popular .
· Determinación de boletas en
casillas especiales y para representantes de partidos políticos en mesas
directivas de casilla. Se han calculado 2,925 boletas. Se aprobó el número de
boletas en las casillas especiales, 25 boletas mínimo y en algunas casillas
125. Asimismo un número adicional de 11 boletas electorales en cada casilla,
una para cada representante de partido político.
Asuntos tratados:
· Designación de la C. Lic. Olga
Armida Grijalva Otero como representante de la Comisión de Honor y Justicia del
Consejo Estatal Electoral.
· Renuncia y designación de
consejeros distritales y municipales.
Asuntos tratados:
· Presentación y aprobación del
listado de ciudadanos que habiendo acreditado la capacitación participarán en
el proceso de insaculación en los consejos municipales electorales.
· Sustitución de candidatos a
cargos de elección popular.
· Presentación del material
electoral que se utilizará en las elecciones ordinarias del día dos de julio:
caja contenedora del material electoral, en donde se entregan todos los
formatos, sobres, boletas; urna única electoral en medidas de 38 cms. por 38
cms. por 76 cms. con ranuras y ventanillas transparentes; también la otra caja
contenedora del paquete electoral para la elección de diputados en donde serán
depositados los votos nulos, votos válidos, y cierre de cada una de las
casillas tanto para elección de diputados como para ayuntamientos; cintas
engomadas utilizadas para sellar el paquete, la mesa donde estará la urna y la
mampara; una máquina marcadora de la credencial de elector y un cartel para
poner en la casilla donde se publiquen de manera inmediata el conteo de los
votos de la casilla; tinta indeleble y bolígrafos, ya que por la temperaturas
altas el crayón no se puede utilizar.
Asuntos tratados:
· Sustitución de candidatos a
cargo de elección popular.
Partido de la Revolución
Democrática (Huépac): sustitución del primer regidor suplente y del
segundo regidor propietario. Se presenta la documentación de los sustitutos,
los cuales reúnen todos los requisitos y son aprobados por unanimidad.
Partido del Trabajo (Cajeme): sustitución
del quinto regidor propietario y sexto regidor propietario. Se presenta la
documentación de los sustitutos, los cuales reúnen todos los requisitos y son
aprobados por unanimidad.
Partido del Trabajo: sustitución
del quinto regidor propietario y el segundo regidor suplente. Se presenta la
documentación de los sustitutos, los cuales reúnen todos los requisitos y son
aprobados por unanimidad.
Partido de la Revolución
Democrática: sustitución del décimo regidor propietario. Se presenta la
documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado
por unanimidad.
Partido de la Revolución
Democrática: sustitución del primer regidor suplente. Se presenta la
documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado
por unanimidad.
Partido de la Revolución
Democrática: sustitución del segundo regidor propietario. Se presenta la
documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado
por unanimidad.
Partido de la Revolución
Democrática (Puerto Peñasco): sustitución del segundo regidor suplente.
Se presenta la documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos
y es aprobado por unanimidad.
Partido Revolucionario
Institucional (Atil): sustitución del tercer regidor suplente. Se presenta
la documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es
aprobado por unanimidad.
Partido Revolucionario
Institucional (Aconchi): sustitución del tercer regidor suplente. Se
presenta la documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y
es aprobado por unanimidad.
Partido Democracia Social
(Guaymas): sustitución del duodécimo regidor propietario. Se presenta la
documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado
por unanimidad.
Partido Democracia Social
(Empalme): sustitución del tercer regidor propietario. Se presenta la
documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado
por unanimidad.
Partido Democracia Social
(S.I.R.M.): sustitución del candidato a síndico propietario. Se presenta
la documentación del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es
aprobado por unanimidad.
Partido de la Revolución
Democrática (Hermosillo): sustitución del candidato a diputado suplente
por el Distrito XIII en la cabecera de Hermosillo. Se presenta la documentación
del sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado por
unanimidad.
Partido del Trabajo (S.L.R.C.):
sustitución del candidato a diputado propietario, y candidato a diputado
suplente para el distrito electoral con cabecera en S.L.R.C. Se presenta la
documentación de los sustitutos, los cuales reúnen todos los requisitos y son
aprobados por unanimidad.
Partido Democracia Social
(Nogales): sustitución del candidato a diputado propietario, y candidato a
diputado suplente para el Distrito Electoral IV de Nogales, Sonora. Se presenta
la documentación de los sustitutos, los cuales reúnen todos los requisitos y
son aprobados por unanimidad.
Partido Alianza Social : sustitución
del candidato a diputado plurinominal. Se presenta la documentación del
sustituto, la cual reúne todos los requisitos y es aprobado por
unanimidad.
· Resolución de recursos en los
municipios de San Luis Río Colorado y Guaymas.
S.L.R.C: recurso interpuesto
por el comisionado propietario del PAN en contra del Consejo Municipal, con
relación al procedimiento de insaculación utilizado por este organismo.
Señala el recurrente que el proceso de la asignación de los cargos, no se hizo
por sorteo sino en forma discrecional por ese Consejo. La propia legislación
establece que la asignación de cargos que vayan a ocupar los funcionarios
obtenidos mediante insaculación, puede ser en forma discrecional, atendiendo a
la idoneidad de la persona que está siendo propuesta. Ante esto se declara
infundado el recurso de revisión interpuesto por este
Partido.
Guaymas: recurso interpuesto
por el comisionado del PRD en contra del Consejo Municipal de Guaymas, Sonora.
Cuestiona el primer proceso de insaculación, argumentando que no fue notificado
como comisionado; así mismo impugna la designación de todos los funcionarios
de casilla. La resolución señala que la primera insaculación es en forma
aleatoria y fue notificado a su partido a través del comisionado del CEE en
esta ciudad; en el mismo sentido se señala que la legislación establece que la
segunda insaculación puede ser en forma discrecional atendiendo la idoneidad de
la persona. Por lo tanto se declara infundado el recurso de revisión.
Asuntos tratados:
· Resolución de recursos en el
Municipio de Guaymas, Sonora.
Primero: recurso interpuesto
por el comisionado del PRD, el cual señala que en el acta de sesión no se
describió la relación de personas insaculadas. Indica que las personas
insaculadas deberían aparecer en el cuerpo del acta y en el acta decía que se
anexaba la relación de estas personas insaculadas. El recurso se considera
improcedente por presentarse en forma extemporánea.
Segundo: recurso presentado
por el PAS, PDS y PAN y tiene dos apartados, uno en contra del secretario,
porque dicen que no se les presentó para firma el acta de una sesión; en el
otro apartado señalan que la sesión para la ubicación de las casillas
debieron realizarla el día 10 de mayo, sin embargo la presentaron el día
11.
Con respecto al primer apartado del
recurso presentado, la legislación señala que para dar validez de las actas de
los consejeros, éstas deben estar firmadas por el presidente y el secretario,
por lo tanto no hay violación alguna.
En el segundo apartado de este
recurso, la ubicación se dio a conocer con la presencia de los consejeros y los
comisionados de los partidos, se publicó en los estrados y fue aprobada por
unanimidad el acta de esa sesión y sin observaciones por los partidos
políticos. Por lo anterior, se declara el recurso improcedente.
Asuntos tratados:
· Resolución de recursos en los
municipios de Guaymas y Arizpe, Sonora.
Guaymas: recurso interpuesto por el
PRD, en el sentido de que el Consejo Municipal de Guaymas extendió
acreditación a los representantes de casilla del PRI sin que estos hayan
exhibido copia certificada de la credencial de elector. Se confirma la
resolución emitida por el Consejo Municipal de Guaymas, ya que en acuerdo
previo del CEE y los partidos políticos no se consideró necesario ese
requisito. Se sobresee el recurso por actualizarse una causal de notoria
improcedencia.
Arizpe: interpuesto por el PAS
solicitando se le acredite una regiduría por el principio de representación
proporcional. El recurso se declara improcedente por no llegar al 1.5 por ciento
de la votación total. Se confirma la resolución del Consejo Municipal
Electoral de Arizpe de asignar al PAN las dos regidurías de representación
proporcional.
· Informe de los resultados
oficiales de la jornada electoral de ayuntamientos y diputados en los 72
municipios y 21 distritos.
Asuntos tratados:
· Dictamen sobre la investigación
de denuncia de hechos en Nacozari de García.
Nacozari de García: en este
punto el Presidente del Consejo Estatal Electoral explica que existe una
denuncia interpuesta por el PRI en contra del PAN, la cual surge a raíz de que
a principios del mes de junio en plena campaña electoral, el candidato de
Acción Nacional a Presidente Municipal asistió a la escuela Secundaria 7 de
Noviembre y llevaba fotografías acompañadas con una tarjeta de presentación
las cuales se obsequiaron a los estudiantes que se iban a graduar. El director
de la escuela hizo entrega de las tarjetas simultáneamente con la entrega de
los certificados de graduación, que fue el 30 de junio, dentro de los tres
días que la ley marca para no repartir propaganda electoral.
El recurso presentado por el PRI, se
declaró improcedente por mayoría, cuatro votos a favor y uno en contra ya que
no fue el candidato el que propició el problema.
Asuntos tratados:
· Orden de prelación registrado
por los partidos políticos para la asignación de diputados, según el
principio de representación proporcional y dictamen de solicitud de
modificación del presentado por el PRD.
· Cómputo y declaración de
validez de la elección de diputados por el principio de representación
proporcional, asignación a los partidos políticos y otorgamiento de
constancias a los titulares respectivos lo cual queda de la siguiente
manera:
El PAN ocho diputados por Mayoría
Relativa y cinco por Representación Proporcional.
El PRI once diputados por Mayoría
Relativa y cinco por Representación Proporcional.
El PRD dos diputados por Mayoría
Relativa y dos por Representación Proporcional.
Asuntos tratados:
· Renuncia del Presidente del
Consejo Municipal de Guaymas, Sonora.
· Ampliación del plazo del proceso
electoral.
· Informe semestral de la Comisión
de Vigilancia sobre ingresos y egresos de los partidos políticos.
Asuntos Tratados:
· Se designan a los ocho consejeros
municipales electorales, propietarios y suplentes, que actuarán en el Consejo
Municipal de Rosario, Sonora.
Los comisionados de los partidos
políticos tienen un término de siete días para presentar objeciones.
Asuntos tratados:
Resolución de objeciones a la
designación de consejeros municipales; se sustituyeron dos personas que fueron
objetadas por los
comisionados.
Respecto a la designación previa de
los consejeros para el Municipio de Rosario, Sonora, se somete a votación, y se
aprueba por unanimidad de los consejeros.
Asuntos tratados:
Designación del Secretario del
Consejo Municipal de Rosario, Sonora.
Insaculación de ciudadanos que
podrán ser seleccionados para integrar las mesas directivas de casilla el día
tres de diciembre en Rosario, Sonora. Presentación y aprobación del material a
utilizar en las elecciones extraordinarias de Rosario, Sonora el día tres de
diciembre del 2000.
Se tiene la caja contenedora del
material electoral, donde se entregan todos los formatos, sobres, boletas; urna
única electoral en medidas de 38 cms. por 38 cms. por 76 cms. con ranuras y
ventanillas transparentes; caja contenedora del paquete electoral para la
elección de diputados en donde serán depositados los votos nulos, votos
válidos, y cierre de cada una de las casillas tanto para elección de diputados
como para ayuntamientos; cintas engomadas utilizadas para sellar el paquete; la
mesa donde estará la urna y la mampara; una máquina marcadora de la credencial
de elector y un cartel para poner en la casilla donde se publiquen de manera
inmediata el conteo de los votos de la casilla; tinta indeleble y crayón.
Asuntos tratados:
· Sesión permanente para atender
el desarrollo de la elección extraordinaria de Rosario, Sonora. Se acordó
sesionar en cinco ocasiones.
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