Aprueba CG del IEE Sonora temática de los debates de gubernatura y alcaldías con población mayor a 100 mil habitantes
Aprueba CG del IEE Sonora temática de los debates de gubernatura y alcaldías con población mayor a 100 mil habitantes
*Realizan en sesión presencial de la Comisión Temporal de Debates sorteo con participación de representantes de partidos políticos
*Dan respuesta a planteamientos expuestos por PAN sobre propaganda electoral y paridad de género
*Responden consulta de diputado Luis Armando Alcalá
Hermosillo, Sonora. Marzo 22, 2021.- El Consejo General del IEE Sonora, aprobó la temática sobre la que debatirán candidatas y candidatos a gubernatura y alcaldías con población mayor a 100 mil habitantes, en los Debates Sonora 2021 que se realizarán para el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021.
En sesión extraordinaria virtual celebrada a través de herramientas tecnológicas, se validó la propuesta de la Comisión Temporal de debates, aprobada luego del sorteo realizado el pasado 20 de marzo en sesión presencial celebrada con la participación de las y los representantes de partidos políticos.
Los temas 4 del municipio de Navojoa y 1 del municipio de Cajeme, serán sometidos a un nuevo sorteo en sesión que convoque la Comisión Temporal de Debates.
SORTEO PARA DEBATES 2020-2021 |
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TEMA #1 |
TEMA #2 |
TEMA #3 |
TEMA #4 |
GUBERNATURA 1 |
Salud |
Economía, Empleo y Desarrollo Sustentable |
Educación y Cultura |
Combate a la Corrupción |
GUBERNATURA 2 |
Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Política Migratoria |
Seguridad Pública y Justicia |
Derechos Humanos e Igualdad Sustantiva de Género |
Política, Gobierno y Cultura Democrática |
GUAYMAS |
Servicios Públicos |
Economía y Empleo |
Derechos Humanos |
Seguridad pública y justicia |
NAVOJOA |
Atención a grupos en situación de vulnerabilidad |
Igualdad sustantiva de género |
Combate a la corrupción |
Por definir |
SAN LUÍS RÍO COLORADO |
Educación y Cultura |
Estrategias de salud |
Política, gobierno y cultura democrática |
Desarrollo social y sustentable |
NOGALES |
Seguridad Pública y justicia |
Atención a grupos en situación de vulnerabilidad |
Educación y cultura |
Igualdad sustantiva de género |
CAJEME |
Por definir |
Servicios Públicos |
Desarrollo social y sustentable |
Economía y empleo |
HERMOSILLO |
Derechos humanos |
Estrategias de salud |
Política, gobierno y cultura democrática |
Combate a la corrupción |
Dan respuesta a consulta planteada por Partido Acción Nacional sobre propaganda electoral y paridad de género
El Consejo General atendió la consulta planteada por el representante propietario del Partido Acción Nacional (PAN) Jesús Eduardo Chávez Leal, respecto a la colocación de propaganda en vehículos automotores o impulsados por otros
En este sentido, el CG señaló que la publicidad contratada en vehículos automotores o impulsados por otros, con excepción de las unidades de servicio público de transporte de pasajeros o de carga, no se encuentra dentro de la propaganda electoral prohibida por el artículo 208 de la LIPEES, ya que dicha propaganda está permitida en términos de los artículos 64, numeral 2 de la Ley General de Partidos Políticos, así como en el 209, numeral 1 del Reglamento de Fiscalización
Respeto a la consulta en tema de paridad de género, relativa a que se aclare si los géneros postulados en candidatura común habrán de considerarse, como si fueran coaliciones o como postulaciones en lo individual para cada partido que la conforma; la respuesta fue que conforme a los Lineamientos de Paridad, las reglas de paridad de género aplican de igual manera para coaliciones y para candidaturas comunes, y conforme lo razonó la Sala Superior al resolver el expediente SUP-REC420/2018, el mandato constitucional de paridad de género exige que cada partido político presente de manera paritaria todas sus postulaciones, con independencia de si participa en lo individual o en asociación, lo que implica revisar íntegramente las candidaturas de cada partido, según el caso concreto.
Responden consulta del diputado Luis Armando Alcalá
Al planteamiento presentado ante este Consejo General por el Diputado Local quién actualmente se encuentra en desempeño de su cargo como diputado plurinominal, en el sentido de si contiende por una diputación local de mayoría cual es el tiempo límite que tiene para la separación del cargo.
En cuanto al primer planteamiento hipotético por tratarse de un diputado de representación proporcional que aspira a ocupar un cargo de diputación local, sin aportar mayores datos, por lo que tal supuesto encuadra en la fracción II del artículo 47 de los Lineamientos, por lo que, al tenor del diverso 48 de los mismos, tendría la opción de separarse o continuar en el desempeño de su cargo.
Por su parte, en caso de que decidiera separarse del cargo, se le informa que en cuanto a la temporalidad, deberá estarse a lo establecido en el artículo 9 de los Lineamientos, debiendo ser un día antes de su respectivo registro como candidato.
Los acuerdos y anexos aprobado en la sesión de este día, está disponible para su consulta en: http://ieesonora.org.mx/estructura/organos_centrales/consejo_general/acuerdos