Lista de Acuerdos | IEESONORA

LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 20 DE FEBRERO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "...Por así requerirlas, es que vengo por este conducto a solicitarle muy atentamente nos sean entregadas el número de leyes que tenga destinado ese Instituto de Participación Ciudadana al Partido Político que represento de la Ley identificada como LIPEES (Ley de Instituciones y Procedimie...
PETICIÓN: "...Por así requerirlas, es que vengo por este conducto a solicitarle muy atentamente nos sean entregadas el número de leyes que tenga destinado ese Instituto de Participación Ciudadana al Partido Político que represento de la Ley identificada como LIPEES (Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora..."
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SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se proceda hacer entrega de 30 ejemplares de las legislaciones electorales solicitada por el peticionario en su escrito de cuenta, previa constancia de recibido que obre en el expediente. Segundo. Se autoriza para recibir los ejemp...
SENTIDO: Primero. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que se proceda hacer entrega de 30 ejemplares de las legislaciones electorales solicitada por el peticionario en su escrito de cuenta, previa constancia de recibido que obre en el expediente. Segundo. Se autoriza para recibir los ejemplares referidos en el escrito de cuenta a los C.C. Lic. Joel Francisco Ramírez Bobadilla, José Ricardo Nieblas Celaya y Lic. Sélder Guadalupe Gracia Tánori, previa constancia y razón de recibido que se levante. Tercero. Agréguese el escrito de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Partidos Políticos. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 19 DE FEBRERO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Jesús Antonio Gutiérrez Gastelum
PETICIÓN: "...Que para dar cumplimiento a los artículos 209 y 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, anexo al presente, el PLAN DE RECICLAJE del Partido Morena, del Proceso Electoral 2017-2018, constante de dos fojas útiles..." ...
PETICIÓN: "...Que para dar cumplimiento a los artículos 209 y 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, anexo al presente, el PLAN DE RECICLAJE del Partido Morena, del Proceso Electoral 2017-2018, constante de dos fojas útiles..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por presentado el Plan de Reciclaje del Partido Morena para el proceso electoral 2017-2018, de conformidad con lo establecido en los artículos 209 y 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como 295, numeral 2, inciso b) del Reglamento de E...
SENTIDO: Primero. Se tiene por presentado el Plan de Reciclaje del Partido Morena para el proceso electoral 2017-2018, de conformidad con lo establecido en los artículos 209 y 210 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como 295, numeral 2, inciso b) del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 19 DE FEBRERO DEL 2018
PETICIONARIO: Alejandra Rivas Jurado
PETICIÓN: "...Por este medio solicito al Consejo Municipal Electoral lo siguiente: 1. Se me informe, sobre el aspirante a candidato independiente: a. Si se declaró con derecho a ser registrado como candidato independiente, al aspirante a la fórmula para el distrito II, de acuerdo a lo establecid...
PETICIÓN: "...Por este medio solicito al Consejo Municipal Electoral lo siguiente: 1. Se me informe, sobre el aspirante a candidato independiente: a. Si se declaró con derecho a ser registrado como candidato independiente, al aspirante a la fórmula para el distrito II, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la LIPEESON. b. Quiénes (nombres, apellidos y calidad) conforman la fórmula con derecho a ser registrada como candidatos independientes, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, fracción II de la LIIPESON. 2. Sobre los representantes de partidos y candidatos independientes ante este consejo: a. Nombres de las personas que los partidos políticos y candidatos independientes han solicitado acreditar, hasta el día de hoy, ante el Instituto Estatal o este consejo. b. Si algún partido o el independiente perdió el derecho a designar representante ante este consejo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 83, fracción II de la LIPEESON. 3. Acordar, en la sesión que se llevará a cabo el día de hoy, el llevar a cabo una inspección sobre el inmueble que ocupa este consejo, en el que se determine las condiciones del mismo..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que remita el escrito de mérito al Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en Puerto Peñasco, para efecto de que se realice el trámite correspondiente para atender lo solicitado por la promovent...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido escrito de cuenta, y se instruye al Secretario Ejecutivo para que remita el escrito de mérito al Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en Puerto Peñasco, para efecto de que se realice el trámite correspondiente para atender lo solicitado por la promovente. Segundo. Agréguense el escrito de cuenta y el presente acuerdo, al expediente y libro de los partidos políticos de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 13 DE FEBRERO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: "...Solicito se lleve a cabo el procedimiento correspondiente a fin de que sea acredita la siguiente representante ante el Consejo Distrital Electoral con cabecera en Empalme, Sonora en sustitución del que actualmente se encuentra acreditado..." ...
PETICIÓN: "...Solicito se lleve a cabo el procedimiento correspondiente a fin de que sea acredita la siguiente representante ante el Consejo Distrital Electoral con cabecera en Empalme, Sonora en sustitución del que actualmente se encuentra acreditado..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada como representante propietario ante el Consejo Distrital electoral 14 con cabecera en Empalme, Sonora, a la persona que se especifica en el cuerpo del presente Acuerdo, toda vez que reúne los requisitos conforme al artículo 83 fracciones VI y VII de la Ley...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada como representante propietario ante el Consejo Distrital electoral 14 con cabecera en Empalme, Sonora, a la persona que se especifica en el cuerpo del presente Acuerdo, toda vez que reúne los requisitos conforme al artículo 83 fracciones VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante consejos distritales y municipales electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejo electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido Acción Nacional ante el referido consejo distrital electoral, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Notifíquese el presente Acuerdo a la Unidad Técnica de Comunicación Social de este Instituto para que lleve a cabo la publicación en el sitio web del Instituto en el apartado correspondiente, con el nombre de la persona acreditada en el citado acuerdo. Sexto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Séptimo. Notifíquese el presente Acuerdo al Partido Acción Nacional, así como en los estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Octavo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo. Primero. Se tienen por acreditada como representante propietario ante el Consejo Distrital electoral 14 con cabecera en Empalme, Sonora, a la persona que se especifica en el cuerpo del presente Acuerdo, toda vez que reúne los requisitos conforme al artículo 83 fracciones VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante consejos distritales y municipales electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejo electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido Acción Nacional ante el referido consejo distrital electoral, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Notifíquese el presente Acuerdo a la Unidad Técnica de Comunicación Social de este Instituto para que lleve a cabo la publicación en el sitio web del Instituto en el apartado correspondiente, con el nombre de la persona acreditada en el citado acuerdo. Sexto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Séptimo. Notifíquese el presente Acuerdo al Partido Acción Nacional, así como en los estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Octavo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 13 DE FEBRERO DEL 2018
PETICIONARIO: Jose Ramon Gutierrez Morales
PETICIÓN: "En atención a oficio IEE/CTCI-119/2018, de fecha enero 19 del 2018, donde se me solicita designar ante el Instituto Estatal Electoral, mi representante ante el Consejo Municipal Electoral de Rayón, Sonora, hago de su conocimiento que he designado a ____________ como mi representante..." ...
PETICIÓN: "En atención a oficio IEE/CTCI-119/2018, de fecha enero 19 del 2018, donde se me solicita designar ante el Instituto Estatal Electoral, mi representante ante el Consejo Municipal Electoral de Rayón, Sonora, hago de su conocimiento que he designado a ____________ como mi representante..."
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SENTIDO: Primero. No se acredita a persona alguna como representante ante el Consejo Municipal Electoral de Rayón, Sonora, por parte del C. José Ramón Gutiérrez Morales, por las razones señaladas en el presente acuerdo, quedando a salvo su derecho para acreditar representante, siempre que cumpla co...
SENTIDO: Primero. No se acredita a persona alguna como representante ante el Consejo Municipal Electoral de Rayón, Sonora, por parte del C. José Ramón Gutiérrez Morales, por las razones señaladas en el presente acuerdo, quedando a salvo su derecho para acreditar representante, siempre que cumpla con los requisitos señalados en el artículo 83 fracción VI de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sonora. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo, para que gire atento oficio al Consejo Municipal de Rayón, Sonora, mediante el cual se le ordene al Secretario Técnico de dicho Consejo, notificar el presente Acuerdo de manera personal al C. José Ramón Gutiérrez Morales, en el domicilio que obra en los expedientes de este Instituto. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente del aspirante a candidato independiente del C. José Ramón Gutiérrez Morales. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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