Lista de Acuerdos | IEESONORA

LISTA DE ACUERDOS


FECHA DE ACUERDO: 09 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Jesus Ambrocio Escalante Lapizco
PETICIÓN: "...Por medio de la presente, sirva recibir un cordial saludo, Secretario, en mi carácter de representante suplente del Partido Revolucionario Institucional del Consejo General de ese Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, pongo a su disposición mis datos personales los ...
PETICIÓN: "...Por medio de la presente, sirva recibir un cordial saludo, Secretario, en mi carácter de representante suplente del Partido Revolucionario Institucional del Consejo General de ese Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, pongo a su disposición mis datos personales los cuales se describen a continuación: Nombre: Jesús Ambrosio Escalante Lapizco Número de cuenta: ***** Banco: **** CLABE intebancaria: **** Correo electrónico: ***** Teléfono celular: ***** Teléfono oficina: ****..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por recibidos los datos señalados por el Lic. Jesús Ambrosio Escalante Lapizco, Representante Suplente del Partido Revolucionario Institucional, para efecto de que sea depositada la remuneración económica a la que tiene derecho conforme al artículo 83 fracción VIII, inci...
SENTIDO: Primero. Se tienen por recibidos los datos señalados por el Lic. Jesús Ambrosio Escalante Lapizco, Representante Suplente del Partido Revolucionario Institucional, para efecto de que sea depositada la remuneración económica a la que tiene derecho conforme al artículo 83 fracción VIII, inciso b), de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora; por lo que en consecuencia, se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto, haga de conocimiento de la Dirección Ejecutiva de Administración el escrito de cuenta y el presente acuerdo, para los efectos a que haya lugar. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Partidos Políticos de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 09 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Juventino Santos
PETICIÓN: "...por este conducto atentamente vengo aclarando y sustituyendo a nuestros Representantes Suplentes de Álamos y Yécora, ya que se encontraban intercambiados, quedando de la siguiente manera: Representante Suplente de Álamos, Sonora FLOR DENISSE REYNOSO HERRERA Representante Suplen...
PETICIÓN: "...por este conducto atentamente vengo aclarando y sustituyendo a nuestros Representantes Suplentes de Álamos y Yécora, ya que se encontraban intercambiados, quedando de la siguiente manera: Representante Suplente de Álamos, Sonora FLOR DENISSE REYNOSO HERRERA Representante Suplente entrante Yécora, Sonora YESICA CECILIA SALAS VALENZUELA..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Álamos, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segund...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona señalada en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representante del Partido de la Revolución Democrática ante el Consejo Municipal Electoral de Álamos, Sonora, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se tiene por reconocida a ala C. Yesica Cecilia Salas Valenzuela como representante suplente del Consejo Municipal Electoral de Yecora, Sonora, toda vez que fue acreditada en dicho cargo, mediante acuerdo de fecha veintinueve de marzo de dos mil dieciocho. Tercero. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditaciones. Cuarto. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de las persona acreditada por el Partido de la Revolución Democrática, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos, de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido de la Revolución Democrática ante los Consejos Municipales Electorales correspondientes, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sean entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 09 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Gilberto Gutierrez Sánchez
PETICIÓN: "...En relación con la circular identificada con clave INE/UTVOPL/339/2018, donde solicitan diversos datos del responsable de la rendición de cuentas y de la presentación de los informes correspondientes, nos permitimos manifestar que se designa al Lic. Juan Pablo Cubillas Laborín como el ...
PETICIÓN: "...En relación con la circular identificada con clave INE/UTVOPL/339/2018, donde solicitan diversos datos del responsable de la rendición de cuentas y de la presentación de los informes correspondientes, nos permitimos manifestar que se designa al Lic. Juan Pablo Cubillas Laborín como el responsable de las finanzas de la Coalición Todos por Sonora, así mismo, hago de su conocimiento lo siguiente: NOMBRE COMPLETO: Juan Pablo Cubillas Laborín CURP: **** RFC: **** CLAVE DE ELECTOR: **** DOMICILIO: ***** CORREO ELECTRÓNICO: **** TELÉFONO: *****..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por reconocido al C. Juan Pablo Cubillas Laborín como responsable de las finanzas de la Coalición Todos por Sonora. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Coaliciones de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un...
SENTIDO: Primero. Se tiene por reconocido al C. Juan Pablo Cubillas Laborín como responsable de las finanzas de la Coalición Todos por Sonora. Segundo. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Coaliciones de este Instituto. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: C. José Adán Pérez Flores
PETICIÓN: "...que por cuestiones personales, les presento MI RENUNCIA VOLUNTARIA con carácter irrevocable, lo anterior por así convenir a mis intereses..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por recibido el escrito de cuenta y se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para que haga del conocimiento a los integrantes del Consejo Distrital Electoral 04, de la renuncia del C. José Adán Pérez Flores, en ...
SENTIDO: Primero. Se tienen por recibido el escrito de cuenta y se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana para que haga del conocimiento a los integrantes del Consejo Distrital Electoral 04, de la renuncia del C. José Adán Pérez Flores, en su carácter de Consejero Suplente del Consejo Distrital Electoral 04, para los efectos señalados en el artículo 143 fracción I de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora en términos de lo estipulado en el presente acuerdo. Segundo. Agréguese el escrito de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de Peticiones y Consultas Ciudadanas. Tercero. Notifíquese en estrados por un plazo de 72 horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de Internet de este organismo electoral. Cuarto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: C. José Rene Noriega Gomez
PETICIÓN: "...informo esta autoridad la apertura de cuenta Bancaria para proceso de Campaña Electoral 2018 con número **** **** con clave interbancaria **** **** BBVA Bancomer S.A. para que el recurso antes mencionado pueda ser transferido a esta misma. Se anexa copia de Contrato Bancario..." ...
PETICIÓN: "...informo esta autoridad la apertura de cuenta Bancaria para proceso de Campaña Electoral 2018 con número **** **** con clave interbancaria **** **** BBVA Bancomer S.A. para que el recurso antes mencionado pueda ser transferido a esta misma. Se anexa copia de Contrato Bancario..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada ante este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, las cuenta bancaria señaladas por el Partido de la Revolución Democrática para efecto de que ahí se le depositen lo que le corresponde de gastos de campaña para este proceso electoral 2017...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditada ante este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, las cuenta bancaria señaladas por el Partido de la Revolución Democrática para efecto de que ahí se le depositen lo que le corresponde de gastos de campaña para este proceso electoral 2017-2018, y en consecuencia se instruye al Secretario Ejecutivo para que notifique el escrito de cuenta y el presente Acuerdo a la Dirección Ejecutiva de Administración de este Instituto, para los efectos a que haya lugar. Segundo. Que la Consejera Presidenta de este Instituto haga del conocimiento mediante oficio, del contenido del presente Acuerdo, a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral, a través de la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, para los efectos legales a que haya lugar. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Municipal Electoral que se señala, debiendo quedar como a continuación se indica y para lo cual proporciono los siguientes datos:..." ...
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Municipal Electoral que se señala, debiendo quedar como a continuación se indica y para lo cual proporciono los siguientes datos:..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante suplente ante el Consejo Electoral Municipal de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Se...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante suplente ante el Consejo Electoral Municipal de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante suplente del Partido Acción Nacional ante el referido Consejo Electoral Municipal, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Municipal Electoral que se señala, debiendo quedar como a continuación se indica y para lo cual proporciono los siguientes datos:..." ...
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Municipal Electoral que se señala, debiendo quedar como a continuación se indica y para lo cual proporciono los siguientes datos:..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Nogales, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. S...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditadas a las personas representantes ante el Consejo Municipal Electoral de Nogales, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de las acreditaciones. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de las acreditaciones de las persona que fue autorizadas como representantes del Partido Acción Nacional ante el Consejo Municipal Electoral para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copias digitalizadas de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean entregadas a las personas acreditadas en el respectivo Consejo, previa constancias de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Distrital Electoral correspondiente, debiendo quedar como a continuación se señala y para lo cual proporciono los siguientes datos:..." ...
PETICIÓN: "...solicito que se acredite a los siguientes representantes en sustitución de los que actualmente se encuentran con dicha calidad ante el Consejo Distrital Electoral correspondiente, debiendo quedar como a continuación se señala y para lo cual proporciono los siguientes datos:..."
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SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes propietaria y suplente ante el Consejo Distrital Electoral 5 con cabecera en Nogales, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas representantes propietaria y suplente ante el Consejo Distrital Electoral 5 con cabecera en Nogales, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las respectivas constancias de las acreditaciones. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes propietaria y suplente del Partido Acción Nacional ante el Consejo Distrital Electoral 5, con cabecera en Nogales, Sonora para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que le sean entregadas a las personas acreditadas en el respectivo Consejo, previa constancias de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Marisela Espriella Salas
PETICIÓN: "...solicito que se acredite al siguiente representante en sustitución del que actualmente se encuentra con dicha calidad ante el Consejo Electoral Correspondiente, debiendo quedar como a continuación se señala y para lo cual proporciono los siguientes datos:..." ...
PETICIÓN: "...solicito que se acredite al siguiente representante en sustitución del que actualmente se encuentra con dicha calidad ante el Consejo Electoral Correspondiente, debiendo quedar como a continuación se señala y para lo cual proporciono los siguientes datos:..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante suplente ante el Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en la ciudad de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 ...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante suplente ante el Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en la ciudad de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de la acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de la persona acreditada por el Partido Acción Nacional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante Consejos Distritales y Municipales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, respecto de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante suplente del Partido Acción Nacional ante el Consejo Distrital Electoral 2 con cabecera en Puerto Peñasco, Sonora, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que le sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Saul Gabriel Molina
PETICIÓN: "...comparecemos en nuestra calidad de Autoridad Tradicional de la Nación Comca´ac para designar como Regidores Étnicos ante el Ayuntamiento de Pitiquito, Sonora a las siguientes personas: REGIDORES PROPIETARIO: FRANCISCO CRUZ FONSECA HOEFFER REGIDOR SUPLENTE.- RICARDO AARON MONTERO ...
PETICIÓN: "...comparecemos en nuestra calidad de Autoridad Tradicional de la Nación Comca´ac para designar como Regidores Étnicos ante el Ayuntamiento de Pitiquito, Sonora a las siguientes personas: REGIDORES PROPIETARIO: FRANCISCO CRUZ FONSECA HOEFFER REGIDOR SUPLENTE.- RICARDO AARON MONTERO BURGOS..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Saúl Gabriel Molina Romero y David López Palma, quienes se ostentan como Gobernador Tradicional y Secretario de Bienes Comunales Isla del Tiburón respectivamente, de la Nación Comca´ac,...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Saúl Gabriel Molina Romero y David López Palma, quienes se ostentan como Gobernador Tradicional y Secretario de Bienes Comunales Isla del Tiburón respectivamente, de la Nación Comca´ac, en los términos expuestos en el presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire atento oficio a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos para que realice el análisis correspondiente al momento de resolver lo conducente, conforme lo señalado en el artículo 173 fracción II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Lic. Christian Leyva Figueroa
PETICIÓN: "...me permito solicitar la acreditación de los ciudadanos/as que a continuación se presentan en sustitución de los representantes actualmente acreditados en el Consejo Electoral que se indica..."
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas señaladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal Electoral de Villa Hidalgo, Sonora y los Consejos Distritales Electorales 16 y 17 ambos con cabecera en C...
SENTIDO: Primero. Se tienen por acreditadas a las personas señaladas en el Anexo 1 del presente Acuerdo, como representantes del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Municipal Electoral de Villa Hidalgo, Sonora y los Consejos Distritales Electorales 16 y 17 ambos con cabecera en Cajeme, Sonora, en sustitución de las personas señaladas en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se tienen por acreditados a los representantes suplentes del Partido Revolucionario Institucional ante los Consejos Municipales Electorales de Villa Hidalgo, y Huásabas, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 3 del presente Acuerdo, toda vez que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 83 VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las constancias de acreditación de los representantes acreditados a que hace mención el presente Acuerdo. Cuarto. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido Revolucionario Institucional, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Quinto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante del Partido Revolucionario Institucional ante los Consejos Electorales referidos, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean enviadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa entrega que al efecto se elabore. Sexto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Séptimo. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Octavo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Tec. Jaime Moreno Berry
PETICIÓN: "...solicito la acreditación de los siguientes Representantes del Partido del Trabajo ante los Consejos Distritales y Municipales..."
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante ante el Consejo Municipal Electoral de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se ...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante ante el Consejo Municipal Electoral de Puerto Peñasco, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se tienen por acreditados a los representante propietarios y suplentes del Partido del Trabajo ante los Consejos Municipales Electorales de Caborca, Nacozari de García y San Felipe de Jesús, todos del estado de Sonora, y el Consejo Distrital Electoral 3 con cabecera en Caborca, Sonora, que se especifican en el apartado señalado como Anexo 3 del presente Acuerdo, toda vez que se cumplen los requisitos previstos en el artículo 83 VI y VII de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida las constancias de acreditación de los representantes acreditados a que hace mención el presente Acuerdo. Cuarto. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto del presente Acuerdo, para que realice los registros correspondientes de las personas acreditadas por el Partido del Trabajo en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y los Consejos Distritales Electorales. Quinto. Infórmese vía correo electrónico a los Consejos Electorales respectivos de las acreditaciones de las personas que fueron autorizadas como representantes del Partido del Trabajo ante los Consejos Municipales Electorales y el Consejo Distrital Electoral para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de las constancias que expida el Secretario Ejecutivo para que les sean enviadas a las personas acreditadas en los respectivos Consejos, previa entrega que al efecto se elabore. Sexto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Séptimo. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Octavo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 08 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Ing. Heriberto Muro Vasquez
PETICIÓN: "...por este conducto vengo acreditar al C. Jesús Vindiola González como representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Baviácora, Sonora, en sustitución del C. Rogelio Herrera Bustamante quien se ostentaba el cargo de referencia..." ...
PETICIÓN: "...por este conducto vengo acreditar al C. Jesús Vindiola González como representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Baviácora, Sonora, en sustitución del C. Rogelio Herrera Bustamante quien se ostentaba el cargo de referencia..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Baviácora, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Seg...
SENTIDO: Primero. Se tiene por acreditada a la persona representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Baviácora, Sonora, que se especifica en el apartado señalado como Anexo 1 del presente Acuerdo, en sustitución de la persona señalada en el Anexo 2 del presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo de este Instituto Estatal Electoral para que expida la respectiva constancia de acreditación. Tercero. Hágase del conocimiento de la Coordinación de Prerrogativas y Partidos Políticos adscrita a la Secretaría Ejecutiva de este Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del presente Acuerdo, para que realice el registro correspondiente de la persona acreditada por el Partido Movimiento Ciudadano, en el Sistema Informático de este Instituto en el módulo de representantes acreditados ante los Consejos Municipales Electorales y Consejos Distritales Electorales. Cuarto. Infórmese vía correo electrónico al Consejo Electoral respectivo, de la acreditación de la persona que fue autorizada como representante propietario del Partido Movimiento Ciudadano ante el referido Consejo Municipal Electoral, para los efectos legales a que haya lugar, a lo cual se le deberá adjuntar copia digitalizada de la constancia que expida el Secretario Ejecutivo para que les sea entregada a la persona acreditada en el respectivo Consejo, previa constancia de entrega que al efecto se elabore. Quinto. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo al expediente de partidos políticos de este Instituto. Sexto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en la lista de acuerdos en el sitio web de este organismo electoral. Séptimo. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 07 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Guillermo Buitimea Alvarez
PETICIÓN: "...Por medio del presente le enviamos un conrdial saludo y a su vez nos dirigimos ante usted y a su muy digno cargo que representa para notificar la decisión tomada por nuestra comunidad (tropa yoremia) nos permitimos manifestar lo siguiente: La Autoridad Tradicional sometió a la ...
PETICIÓN: "...Por medio del presente le enviamos un conrdial saludo y a su vez nos dirigimos ante usted y a su muy digno cargo que representa para notificar la decisión tomada por nuestra comunidad (tropa yoremia) nos permitimos manifestar lo siguiente: La Autoridad Tradicional sometió a la aprobación de la asamblea general esta propuesta para ser designados como regidores étnicos propietario y suplente a las siguientes personas. José Víctor Buitimea Álvarez --------------------------------------------------Regidor Propietario Juan Luis Matuz González------------------------------------------------------Regidor Suplente..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Guillermo Buitimea Álvarez, Emiliano Ochoa García, César Cota Tórtola, Álvaro Valencia Valencia y Sergio Felipe Estrella Álvarez, quienes se ostentan como Gobernador, Pueblo Mayor, Capitá...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Guillermo Buitimea Álvarez, Emiliano Ochoa García, César Cota Tórtola, Álvaro Valencia Valencia y Sergio Felipe Estrella Álvarez, quienes se ostentan como Gobernador, Pueblo Mayor, Capitán, Comandante y Secretario, respectivamente, de las Autoridades de la Nación Yaqui del Pueblo de Cocorit, Loma de Guamuchil, en Sonora, en los términos expuestos en el presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire atento oficio a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos para que realice el análisis correspondiente al momento de resolver lo conducente, conforme lo señalado en el artículo 173 fracción II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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FECHA DE ACUERDO: 07 DE MAYO DEL 2018
PETICIONARIO: Saul Gabriel Molina
PETICIÓN: "...comparecemos en nuestra calidad de Autoridad Tradicional de la Nación Comca´ac, para designar como Regidores Étnicos ante el Ayuntamientto de Hermosillo, Sonora a las siguientes personas: REGIDOR PROPIETARIO: ROGELIO MONTAÑO HERREERA REGIDOR SUPLENTE.- FELIPE ELIEZER BARNETT HERR...
PETICIÓN: "...comparecemos en nuestra calidad de Autoridad Tradicional de la Nación Comca´ac, para designar como Regidores Étnicos ante el Ayuntamientto de Hermosillo, Sonora a las siguientes personas: REGIDOR PROPIETARIO: ROGELIO MONTAÑO HERREERA REGIDOR SUPLENTE.- FELIPE ELIEZER BARNETT HERRERA Lo anterior, una vez que el día de hoy, ellos obtuvieron la mayoría de votos mediante la consulta indígena instrumentada con el apoyo de ese Instituto a su cargo, por lo que le solicitamos muy atentamente corra el trámite y se acuerde en el Consejo General del Instituto Estatal Electoral, para que se expidan las Constancias correspondientes..."
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SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Saúl Gabriel Molina Romero y David López Palma, quienes se ostentan como Gobernador Tradicional y Secretario de Bienes Comunales Isla del Tiburón, respectivamente, de la Nación COMCA´AC...
SENTIDO: Primero. Se tiene por recibido el escrito de cuenta, sobre las manifestaciones realizadas por los C.C. Saúl Gabriel Molina Romero y David López Palma, quienes se ostentan como Gobernador Tradicional y Secretario de Bienes Comunales Isla del Tiburón, respectivamente, de la Nación COMCA´AC, en los términos expuestos en el presente Acuerdo. Segundo. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que gire atento oficio a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos para que realice el análisis correspondiente al momento de resolver lo conducente, conforme lo señalado en el artículo 173 fracción II de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el estado de Sonora. Tercero. Agréguese el oficio de cuenta y el presente Acuerdo a la carpeta de autoridades étnicas de este Instituto. Cuarto. Notifíquese en estrados por un plazo de setenta y dos horas y publíquese en lista de acuerdos en la página de internet de este organismo electoral. Quinto. Se instruye a la Unidad de Notificadores para que en apoyo a la Secretaría Ejecutiva, realice las notificaciones establecidas en el punto anterior del presente Acuerdo.
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