Comisiones Permanentes | IEESONORA

Atribuciones de las comisiones permanentes


Las Comisiones Permanentes contar谩n con las atribuciones siguientes:


I.- Discutir y aprobar los dict谩menes, proyectos de acuerdo o de resoluci贸n; en su caso, los informes que deban ser presentados al Consejo General, as铆 como conocer los informes que sean presentados por los Secretarios T茅cnicos en los asuntos de su competencia;

II.- Fungir como instancias permanentes de recepci贸n de informaci贸n sobre las actividades realizadas por la Junta General Ejecutiva y sus 贸rganos integrantes; por las Unidades vinculadas con las materias atendidas por cada Comisi贸n y por los 贸rganos desconcentrados;

III.- Vigilar y dar seguimiento a las actividades de los 贸rganos se帽alados en la fracci贸n anterior y tomar las decisiones conducentes para su buen P谩gina 6 de 15 desempe帽o;

IV.- Formular recomendaciones y sugerir directrices a las 谩reas ejecutivas del Instituto;

V.- Hacer llegar a la Junta General Ejecutiva, por conducto de su Presidente, propuestas para la elaboraci贸n de las pol铆ticas y programas generales;

VI.- Solicitar informaci贸n a otras Comisiones o a cualquier 脫rgano del Instituto que pudiera considerarse necesaria. Trat谩ndose de informaci贸n en el 谩mbito de competencia de los 贸rganos desconcentrados, deber谩 requerirse por conducto del Secretario T茅cnico.鈥 *Art. 130 Bis LIPEES


Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n, tiene las siguientes atribuciones:

I. Proponer al Consejo el material did谩ctico y los instructivos electorales, as铆 como los programas de promoci贸n del voto y de capacitaci贸n;

II. Supervisar y vigilar que se cumplan las pol铆ticas y programas de la Direcci贸n Ejecutiva de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n;

III. Elaborar y rendir al Consejo los dict谩menes derivados del ejercicio de sus funciones y someterlos a su aprobaci贸n;

IV. Mantener una comunicaci贸n permanente con el sector educativo y acad茅mico, as铆 como en 谩reas de capacitaci贸n de organismos afines, con el objeto de promover la cultura c铆vica y democr谩tica;

V. Formular propuestas sobre los asuntos de capacitaci贸n electoral al Consejo, para asegurar el cumplimiento de objetivos y metas establecidas;

VI. Proponer al Consejo, la suscripci贸n de convenios de coordinaci贸n con instituciones p煤blicas, educativas y de la sociedad civil, en materia de promoci贸n de la cultura c铆vica y democr谩tica;

VII. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo, que se refieran a asuntos de su competencia;

VIII. Coordinar la Estrategia Nacional de Cultura C铆vica de conformidad con lo que determine el Instituto Nacional; y

IX. Las dem谩s que le confiera el presente Reglamento, el Consejo y dem谩s disposiciones aplicables.1


1Art铆culo 21 del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.
Informe de Actividades Enero de 2024

Informe de Actividades Diciembre de 2023

Informe de Actividades Noviembre 2023

Informe de actividades de la DEECyC octubre de 2023

Programa Anual de Trabajo 2023-2024 de la CPECyCE

Informe de actividades de la DEECyC agosto - septiembre de 2023

Informe de Actividades de la CPEECyCE - octubre 2022 a septiembre 2023

Informe de actividades de la DEECyC junio-julio de 2023

Informe de actividades de la DEECyC abril-mayo de 2023

Informe de actividades de la DEECyC enero-marzo de 2023

Informe de actividades de la DEECyC diciembre de 2022-enero de 2023

Programa Anual de Trabajo 2023 de la CPECyCE

Informe de actividades de la DEECyC octubre-noviembre de 2022

Informe de Actividades de la DEECyC - Junio-Julio 2022

Informe de Actividades de la DEECyC - Abril-Mayo 2022

Programa Anual de Trabajo 2022

Anexo - Cronogr谩ma de las Actividades de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n 2022

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 15 - Septiembre 2020-Diciembre 2021

Informe Anual de Actividades de la CPECyCE - Sesi贸n N煤mero 13 - Octubre 2020-Septiembre 2021

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 12 (02-09-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 11 (31-07-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 10 (30-06-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 9 (31-05-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 8 (30-04-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 7 (30-03-2021)

Informe de Actividades de la CPECyCE - Sesi贸n N煤mero 6 (26-02-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 6 (26-02-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 5 (21-01-2021)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 3 (18-12-2020)

Informe Foro de Participaci贸n Pol铆tica de las y los J贸venes Sonorenses - Sesi贸n N煤mero 3 (18-12-2020)

Informe de Actividades de la CPECyCE - Sesi贸n N煤mero 2 (30-11-2020)

Informe Anual de Actividades de la CPECyCE - Sesi贸n N煤mero 1 (09-10-2020)

Informe de Actividades de la DEECyC - Sesi贸n N煤mero 1 (09-10-2020)

Informe Anual 2016; Comisi贸n de Educaci贸n C铆vica y Capacitaci贸n


Comisi贸n de Denuncias


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Denuncias, tiene las siguientes atribuciones:

I. Resolver sobre la adopci贸n de medidas cautelares.

II. Someter a la consideraci贸n del Consejo los proyectos de resoluci贸n en los que proponga el desechamiento o sobreseimiento de la denuncia cuando se actualicen las causas previstas en la Ley.

III. Remitir al Instituto Nacional las denuncias cuando los hechos denunciados est茅n relacionados con propaganda pol铆tica o electoral en radio o televisi贸n.

IV. Emitir, con el apoyo y por conducto de la Direcci贸n Jur铆dica, las medidas de protecci贸n en el marco de los procedimientos sancionadores relacionados con violencia pol铆tica contra las mujeres en raz贸n de g茅nero.


1Art铆culo 23 del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.



Comisi贸n de Organizaci贸n y Log铆stica Electoral


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Organizaci贸n y Log铆stica Electoral, tiene las siguientes atribuciones:

I. Vigilar que se cumplan las pol铆ticas y programas de la Direcci贸n Ejecutiva de Organizaci贸n y Log铆stica Electoral;

II. Proponer al Consejo para su aprobaci贸n, las bases de la convocatoria para la designaci贸n de los consejeros distritales y los consejeros municipales;

III. Proponer al Consejo, para su aprobaci贸n, la integraci贸n de los consejos distritales y los consejos municipales;

IV. Dar seguimiento a trav茅s de la Direcci贸n Ejecutiva de Organizaci贸n y Log铆stica Electoral, a la correcta integraci贸n y funcionamiento de los consejos distritales y municipales, para que cumplan eficazmente con las disposiciones de la Ley;

V. Generar e impulsar estrategias y propuestas que contribuyan a mejorar los procedimientos log铆sticos de organizaci贸n electoral;

VI. Proponer al Consejo el dise帽o de documentaci贸n, modelo de las boletas electorales y formas para las actas del proceso electoral as铆 como el material electoral, de conformidad con los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional, y dar seguimiento a los procesos de producci贸n de los mismos;

VII. Promover la actualizaci贸n permanente de los sistemas de informaci贸n electoral; y

VIII. Las dem谩s que le confiera el presente Reglamento, el Consejo y dem谩s disposiciones aplicables.1


1Art铆culo 22 del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.



Comisi贸n de Vinculaci贸n con el Instituto Nacional Electoral


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Vinculaci贸n con el Instituto Nacional, tiene las siguientes atribuciones:

I. Se deroga;

II. Proponer al Consejo las bases para la coordinaci贸n entre el Instituto y el Instituto Nacional para el desarrollo de la funci贸n electoral local;

III. Dar seguimiento al ejercicio de las funciones que, en su caso, delegue el Instituto Nacional al Instituto;

IV. Coordinar, con la participaci贸n de las comisiones respectivas, las acciones que realicen las distintas 谩reas del Instituto en cumplimiento de los convenios celebrados con el Instituto Nacional o de las funciones que 茅ste 煤ltimo delegue al Instituto;

V. Informar peri贸dicamente al Consejo respecto del ejercicio de las facultades delegadas por el Instituto Nacional;

VI. Vigilar que las funciones electorales que se realicen en coordinaci贸n con el Instituto Nacional o por delegaci贸n de 茅ste se lleven a cabo en los t茅rminos de las disposiciones jur铆dicas, de los convenios celebrados y de los lineamientos o criterios generales emitidos por el Instituto Nacional o el Instituto, que resulten aplicables;

VII. Promover, en coordinaci贸n con los dem谩s 贸rganos centrales del Instituto, el desarrollo de las capacidades profesionales, t茅cnicas y materiales, as铆 como de la normatividad interna que se requiera, para posibilitar la delegaci贸n de las facultades que tiene el Instituto Nacional en materia electoral local;

VIII. Proponer al Consejo, cuando se actualicen los supuestos y condiciones previstas en la Ley General, que solicite al Instituto Nacional la asunci贸n, total o parcial, o la atracci贸n de las atribuciones que corresponden al Instituto;

IX. Vigilar que se cumplan las pol铆ticas y programas de la Unidad t茅cnica de Vinculaci贸n con el Instituto Nacional Electoral;

X. Aprobar el plan integral de coordinaci贸n con el Instituto Nacional para el proceso electoral de la entidad, conforme la normatividad aplicable, y proponer para su aprobaci贸n al Consejo;

XI. Aprobar el marco normativo necesario del Instituto para facilitar el ejercicio de las facultades que en su caso delegue el Instituto Nacional, y proponer para su aprobaci贸n al Consejo; y

XII. Las dem谩s que le confiera este Reglamento, el Consejo y otras disposiciones aplicables.1


1Art铆culo 24 del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.



Comisi贸n de Seguimiento al Servicio Profesional Electoral Nacional


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Seguimiento al Servicio Profesional Nacional, tiene las siguientes atribuciones:

I. Garantizar la correcta implementaci贸n y funcionamiento de los mecanismos del servicio, bajo la rector铆a del Instituto Nacional y conforme a las disposiciones de la Constituci贸n, la Ley General, el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa;

II. Organizar, controlar y mantener permanentemente actualizado el archivo y la base de datos referente al personal del Servicio Profesional Electoral Nacional, tanto en lo que corresponda al personal en activo como el que en alg煤n momento haya formado parte de 茅l;

III. Proponer al Consejo en t茅rminos del Estatuto la participaci贸n de instituciones de educaci贸n superior y de profesionales, en la ejecuci贸n de los programas de ingreso, formaci贸n, desarrollo y actualizaci贸n profesional;

IV. Promover la coordinaci贸n de actividades y, en su caso, la celebraci贸n de convenios de cooperaci贸n t茅cnica con instituciones, con la finalidad de apoyar los programas institucionales;

V. Coordinar la elaboraci贸n de estudios relacionados con la integraci贸n, operaci贸n y desarrollo del Servicio Profesional Electoral Nacional;

VI. Integrar y actualizar el cat谩logo de cargos y de puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional;

VII. Someter a consideraci贸n del Consejo General la modificaci贸n de la estructura organizacional del Servicio en los t茅rminos del Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa;

VIII. Someter a consideraci贸n del Consejo, a los integrantes y al titular del 贸rgano de enlace con el servicio profesional electoral nacional;

IX. Proponer al Consejo General los incentivos y promociones que habr谩n de otorgarse al personal perteneciente al Servicio; y

X. Las dem谩s que le confiera el presente Reglamento, el Consejo y dem谩s disposiciones aplicables.1


1 Art铆culo 27 del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.


Comisi贸n de Paridad e Igualdad de G茅nero


REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL Y DE PARTICIPACI脫N CIUDADANA DEL ESTADO DE SONORA


La Comisi贸n de Paridad e Igualdad de G茅nero, tiene las siguientes atribuciones:

I. Integrar sistem谩ticamente la perspectiva de g茅nero en el quehacer institucional.

II. Aprobar los programas encaminados a la promoci贸n y difusi贸n de los derechos c铆vicos y pol铆ticos de las mujeres, y actividades para sensibilizar a la poblaci贸n, a los partidos pol铆ticos y organizaciones sociales respecto a la igualdad de g茅nero;

III. Elaborar e implementar el programa de trabajo que establezca las acciones de protecci贸n, promoci贸n y difusi贸n de los derechos pol铆tico-electorales con perspectiva de g茅nero, enfoque interseccional e intercultural.

IV. Promover acuerdos con autoridades electorales, organismos e instituciones nacionales y estatales, para conocer y compartir buenas pr谩cticas en materia de participaci贸n pol铆tica de las mujeres.

V. Difundir de manera coordinada los mecanismos estatales para la atenci贸n de casos de violencia pol铆tica contra las mujeres por razones de g茅nero en el estado de Sonora, e implementar acciones que contribuyan a su erradicaci贸n.

VI. Las dem谩s que le confiera el presente Reglamento, el Consejo General y dem谩s disposiciones aplicables.1


1 Art铆culo 27 BIS del Reglamento Interior del Instituto Estatal Electoral y de Participaci贸n Ciudadana del Estado de Sonora.